El Congreso aprobó que el BCR fije topes a las tasas de interés. (Foto: GEC)
El Congreso aprobó que el BCR fije topes a las tasas de interés. (Foto: GEC)

La Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley que fija topes a las tasas de interés.

Específicamente contra el artículo 2 de la Ley 31143, que fue modificado en marzo pasado por el Congreso de la República, el cual establece que el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) debe definir semestralmente topes a las tasas de interés de los créditos que otorgan las entidades financieras.

El procurador Luis Huerta señaló que la posición del Ejecutivo es que la norma, aprobada por insistencia en el Legislativo, es inconstitucional, pues vulnera la libertad de empresa, la libre competencia, libertad de contratar y la obligación del Estado de garantizar el ahorro.

Agregó que la norma convierte en una obligación lo que antes era una facultad excepcional del BCR. Esta situación “contraviene el funcionamiento del sistema financiero, que debe guiarse por las reglas de mercado y no por decisiones de un ente estatal”.

El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, ya había anunciado que el Gobierno presentaría una demanda de inconstitucionalidad contra la norma, pues alienta la usura y limita el acceso al crédito.

Hoy, el BCR, en cumplimiento de la nueva ley, definió en 83.4% el tope máximo para las tasas de interés de créditos de consumo para el período mayo-octubre de 2021.