El Ministerio de Energía y Minas (Minem) informó a Gestión que acatará la sentencia de la Corte Suprema que le ordena modificar la regulación referida a la declaración de precios de gas natural usados para generación térmica.
La sentencia dispuso que el Minem modifique esa regulación de forma que elimine la posibilidad que tienen hoy las generadoras térmicas (en base a una normativa del sector que data del año 2000) de declarar costos cercanos a cero por su consumo de ese gas, pues ello conlleva a distorsionar los precios en perjuicio de los usuarios regulados.
Para el efecto, le ordena al ministerio que más bien regule en base al DS 039-2017 que dictó el propio Minem, en el cual este reconoció que la actual forma en que algunas generadoras térmicas declaran costos del uso de gas cercanos a cero, reduce irrealmente los precios de la electricidad en el mercado eléctrico de corto plazo.
Tal reducción irreal, a su vez, (según ese DS) origina que no se cubran los ingresos garantizados del que gozan hoy centrales eólicas y solares, lo que incrementa la denominada prima RER, que les pagan los usuarios regulados (vía tarifas), para compensar las pérdidas a estas centrales.
Ese fallo –según empresas del ramo– podría tener como efecto reducir tarifas a usuarios regulados, pero a su vez incrementarlas para consumidores no regulados.
Tarifas
En un documento dirigido a Gestión, el Minem señaló que cumplirá la referida sentencia, aunque replica que la misma no tendrá un efecto en las tarifas de los 7.5 millones de usuarios del mercado regulado.
Ello -afirma-, toda vez que el suministro que pagan esos usuarios se rige por los precios que resultan de licitaciones de compra de energía que realizaron las distribuidoras, y cuyos contratos aplicables a dichos clientes aún estarán vigentes hasta el 2025.
No obstante, según había indicado anteriormente Luz del Sur (que inició este caso contra el Minem), la sentencia podría llevar a reducir en 3% las tarifas a los regulados.
¿Cómo aplicará el fallo?
El Minem añade que, para cumplir la sentencia, “en su oportunidad, realizará las acciones que correspondan para su ejecución”. Añade que seguirá el procedimiento técnico correspondiente que garantice que la regulación a emitirse sea de carácter general.
Además, indica, tal procedimiento respetará el principio de igualdad y no responderá a criterios arbitrarios. Para ello, acota, se requiere de la participación de distintos actores, así como del cumplimiento de diversas etapas para su formulación, aprobación y publicación correspondientes.
Considera que la citada sentencia responde a una norma particular, y que, sin embargo, el Minem está trabajando en una reforma integral del sector que permita al país proyectarse 20 años “asegurando así un servicio continuo, eficiente, con precios asequibles y que responda a la futura demanda de los hogares y la industria”.