Ahora el el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que publicará la lista de los insumos principales que puedan utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del IGV.
Ahora el el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que publicará la lista de los insumos principales que puedan utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del IGV.

Tras los cuestionamientos a la ley que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) a algunos alimentos de la Canasta Básica por el Congreso de la República con los cambios del Ejecutivo, en el que se limitaba el crédito fiscal.

Ahora el el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que publicará la lista de los insumos principales que puedan utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del IGV.

De acuerdo a la norma aprobada en la víspera, en su segunda disposición complementaria final, se especifica que, mediante decreto supremo, el MEF establecerá las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la ley, focalizando la medida en aquellos insumos de mayor relevancia.

En ese sentido, el MEF detalla que se otorgará un crédito fiscal a los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes que temporalmente se exonerarán del IGV, a fin de que no incremente el costo final del bien.

Mesas técnicas

Para ello, se realizan reuniones técnicas de trabajo con las asociaciones de productores y gremios empresariales a fin de identificar aquellos insumos esenciales de los productos afectos a la exoneración.

Se debe recordar que el proyecto establece medidas extraordinarias y temporales para atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional de alimentos que forman parte importante de la canasta básica familiar que han tenido un significativo aumento de precios en los últimos meses. En ese sentido, se enfoca en 5 alimentos, que han subido de precio y tienen gran incidencia de consumo para los hogares: la carne de pollo, los huevos frescos, el azúcar, los fideos (pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar) y el pan.

La exoneración temporal del IGV de estos alimentos permitirá atenuar el incremento de precios registrado en los últimos meses y dar alivio económico a los hogares. Esta medida se debe a que las condiciones de incremento de precios de los últimos meses son extraordinarias, temporales y responden sobre todo a un contexto internacional, cuyos factores deberían disiparse en el corto plazo.

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