Desde esta semana EsSalud inició la entrega del bono del Estado de S/ 760 para cierto grupo de trabajadores en suspensión perfecta de labores.
Este bono lo recibirán cada treinta días, por un máximo de tres meses, los trabajadores en suspensión perfecta de labores o –en caso de haber retornado a sus labores- quienes estuvieron en esta condición durante el Estado de Emergencia por el COVID-19.
Pero para recibir este subsidio se deben cumplir con cuatro requisitos:
1. La suspensión perfecta del trabajador debe haber sido aprobada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
2. La empresa o empleador deben tener a su cargo, como máximo cien (100) trabajadores.
3. El trabajador debe tener una remuneración bruta mensual de hasta S/ 2,400.
4. El trabajador no debe haber recibido ningún otro bono del Estado: bonos Universal Familiar; Quédate en Casa, Independiente o Rural. Y tampoco ningún miembro de su hogar.
Sobre este último requisito, Enrique Arias, asesor del viceministerio de Trabajo, precisa que no se tiene en cuenta el grado de consanguinidad, sino que todos los miembros del mismo hogar no hayan recibido algún bono.
Será muy importante tener presente el cumplimiento de estos cuatro requisitos establecidos por el Gobierno para evitar confusiones, ya que pueden darse casos de trabajadores de una empresa donde a algunos les corresponderá el bono y a otros no.
El MTPE ha proporcionado un portal donde el trabajador puede consultar si cumple o no con todos los requisitos para acceder al bono. Puede dar click en este enlace.
Arias señala que a la fecha 16,032 trabajadores en suspensión perfecta de labores califican para recibir el bono. “Conforme tengamos nuevas solicitudes de suspensión, seguiremos calificando y reportando a EsSalud sobre nuevos beneficiarios”, agregó.
Acceso al portal de EsSalud
Para solicitar el bono, el trabajador debe ingresar al portal VIVA de EsSalud. Puede dar click en este enlace.
En los últimos días se reportó que cierto grupo de trabajadores no pudieron ingresar su solicitud al portal VIVA de EsSalud.
“Los trabajadores de microempresas están adscritos al SIS y no a EsSalud, por lo que no se les da la opción de ingresar la solicitud en la plataforma VIVA”, subrayó José Manuel Guerra, socio de EVVG Abogados.
Al respecto, Hernán Ramos, Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas de EsSalud, refirió que para esos casos se comunicarán con las empresas en suspensión perfecta para coordinar el depósito de los bonos a sus trabajadores.
Por su parte Arias, del MTPE, remarcó que para acceder al bono no es un requisito que el trabajador sea afiliado a EsSalud, por lo que confió en que pronto se regularizarán los pagos para los trabajadores que no pudieron acceder a la plataforma de EsSalud.