Durante el mes de enero de cada año, las empresas/empleadores deben presentar la relación de las labores indispensables a sus trabajadores u organización sindical y a la Autoridad Administrativa de Trabajo que es el MTPE, recordó el estudio

Las labores indispensables en una empresa son aquellas cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa una vez concluida la huelga.

La finalidad de la comunicación es que -refiere el estudio- los trabajadores u organización sindical que los represente cumplan con proporcionar la relación de trabajadores que no acatarán la medida de huelga cuando esta se produzca.

Sin embargo, no es una disposición de aplicación exclusiva para las empresas que cuentan con sindicatos.

Lo que debe contener la comunicación es los siguiente:

  • Número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios.
  • Horarios y turnos.
  • Periodicidad y la oportunidad en que deban iniciarse los servicios mínimos por cada puesto.
  • Detalle claro sobre la estructura y funcionamiento de la empresa.

“Los empleadores deben acompañar un informe técnico que justifique la cantidad de trabajadores por puestos, los horarios, turnos, periodicidad y la oportunidad en que debe realizarse los servicios mínimos”, explica el reporte de .

La justificación -agrega- debe guardar relación con la seguridad de las personas y de los bienes o el impedimento de reanudación inmediata de actividades luego de concluida la huelga.

El reporte de anota también que si no se presenta la comunicación, en caso ocurriera una huelga durante el año (incluso aunque se trate de un sindicato recién conformado) se deberá tomar en cuenta el siguiente orden de prelación para garantizar el cumplimiento de actividades indispensables:

  1. Acuerdo de partes.
  2. Resolución de divergencia del año inmediatamente anterior.
  3. En defecto de todo lo anterior, la nómina presentada por el Sindicato de conformidad con las pautas de la buena fe y razonabilidad.