El biólogo peruano Héctor Luque en la reserva Nacional Salinas y Aguada Blanca. Foto: Cortesía Héctor Luque.
El biólogo peruano Héctor Luque en la reserva Nacional Salinas y Aguada Blanca. Foto: Cortesía Héctor Luque.

Con 100 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República aprobó este 13 de abril modificaciones a la.

Al respecto, se precisa que al profesional biólogo le compete toda actividad científica, académica, técnica y humanística, sea esta pública o privada, relacionada con el estudio de los seres vivos en toda su diversidad y complejidad, considerando su estructura, funcionamiento, evolución, distribución y relaciones con el propósito de coadyuvar con el desarrollo humano y el ambiente, conforme a su formación académica.

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Asimismo, se precisa que para ejercer la profesión, entre otros, el biólogo debe estar inscrito en el Colegio de Biólogos del Perú y debidamente habilitado.

También se prohíbe la utilización de la denominación de biólogo a quien carezca del título profesional y que no se encuentre debidamente colegiado ni habilitado por el Colegio de Biólogos del Perú.

Además, entre los derechos del biólogo, debe gozar de licencias u otras facilidades durante su gestión, en caso sea elegido representante que conforma los consejos directivos del Colegio de Biólogos del Perú a nivel nacional o departamental, para los actos de representación gremial conforme la normativa aplicable.

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