Un 50% del cálculo para el pago de utilidades se genera en función a los días real y efectivamente trabajados. (Foto: Andina)
Un 50% del cálculo para el pago de utilidades se genera en función a los días real y efectivamente trabajados. (Foto: Andina)

El pasado 12 de abril culminó el cronograma para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta (IR), por lo que a partir de esa fecha las empresas tienen un plazo de 30 días para pagar las utilidades a sus trabajadores en planilla que laboraron durante todo el año 2020, en un contexto de la pandemia del COVID-19.