Este viernes se confirmó el primer caso de coronavirus en el Perú, tras haberse registrado en varios de los países vecinos, como Chile, Ecuador, Argentina o Brasil.
Con el objetivo de evitar más contagios, ya varias empresas en China, Estados Unidos y otros países con casos de coronavirus han decidido aplicar el teletrabajo, también llamado ‘home office’ o trabajo a distancia.
Si se incrementara el número de casos de coronavirus en Perú, ¿las empresas podrían aplicar una medida similar?
La respuesta es sí. Brian Ávalos, abogado laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, refirió que la actual legislación laboral sí permite a las empresas aplicar el ‘home office’ (teletrabajo).
Indicó que para ello el trabajador y su empleador deberían firmar una adenda al contrato para establecer esta medida de forma temporal, que podría ser de unos 90 días.
“El teletrabajo se convertiría en una muy buena opción en caso llegue el coronavirus y así las empresas podrían trasladar a todo o parte de su personal a domicilio. Sobre todo en las empresas donde se reporte un caso de coronavirus”, señaló Ávalos a Gestión.pe.
Agregó que en el caso de los operarios en planta, estos sí tendrían que seguir asistiendo al centro de labores, pero los demás podrían hacer ‘home office’.
Condiciones laborales
Al hacer ‘home office’, el trabajador podría seguir teniendo la misma remuneración, lo que debe quedar claramente establecido en el contrato.
Pero también se puede establecer en la adenda al contrato que los gastos de instalación, como el tener una PC o laptop, y costos de electricidad e Internet, corran a cuenta del trabajador, que usualmente ya tiene estos servicios en casa, refiere Ávalos.
“Este costo para el trabajador podría ser compensado con el ahorro, al ya no tener gastos de movilidad al trabajo”, anotó el especialista.
El punto más crítico para el teletrabajo está en que las normas de seguridad y salud son las mismas a las que se aplican cuando la persona está en un centro de labores. Y si el trabajador tuviera un accidente en su domicilio, la responsabilidad recaería en el empleador, con el consiguiente pago de multas y otras sanciones.
Ávalos refiere que para el empleador resulta dificultoso la revisión constante de las norma de seguridad en el ‘home office’ y es el principal motivo de por qué la aplicación del teletrabajo no es masiva en el Perú.
Señala que se está a la espera de que el Gobierno emita normas para flexibilizar el teletrabajo y así impulsar su uso. Ello está contemplado en el Plan de Competitividad anunciado hace unos meses por el Ejecutivo, pero aún no se emite ninguna norma sobre el tema.
“Por ahora el teletrabajo es muy rígido en Perú. Lo que se busca con los cambios que traería el plan de competitividad es que si bien el empleador capacite al trabajador en temas de seguridad, en caso de accidentes ya no sea considerado responsable directo de ello”, refiere Ávalos.
Pero mientras se esperan los cambios al teletrabajo en Perú, aun así las empresas podrían aplicarlo, en el marco de una coyuntura de emergencia debido al coronavirus. “Por ahora, la empresa asumiría ese riesgo, respecto a las normas de seguridad y salud en el trabajo, pero sería algo temporal, hasta que se controle el coronavirus y retornen los trabajadores”, anotó.
Otras opciones
Ávalos refiere que una alternativa o complemento al teletrabajo podría ser dar vacaciones a los trabajadores que ya cumplen las condiciones para ello o también fomentar el adelando de vacaciones.
Otra alternativa más radical sería ejecutar una “suspensión perfecta de labores”. Es decir, la empresa dejaría de realizar sus actividades de forma temporal y no habría pago de remuneraciones a los trabajadores.
Ávalos refiere que ello sobre todo podrían aplicarlo las empresas que vean afectadas sus operaciones debido al coronavirus. Por ejemplo, por una baja de exportaciones o importaciones de China. “Para aplicar esta medida tendrían que solicitar un permiso al Ministerio de Trabajo. Y creo que la autoridad sí lo daría debido a esa coyuntura extraordinaria”, anotó.
Plan de prevención
Las empresas deben contar con un plan de prevención para proteger a sus trabajadores, explicó por su parte la Country Manager de la consultora en recursos humanos Ackermann International, Cecilia Ibarra.
Precisó que las empresas deben elaborar su propio Plan de Actuación que involucre a todas las áreas y equipos.
“Las áreas de Recursos Humanos o agencias consultoras de RRHH, previo a cualquier crisis que involucre a los colaboradores, pueden proponer desarrollar distintos planes de acción”, dijo.
Comentó que es necesario contar con un plan de prevención que contenga las medidas de protección de trabajadores frente a situaciones de riesgo.
De este modo, precisó que en un plan bien estructurado debe haber asignación de funciones específicas, nombramiento de coordinadores o líderes por área, recursos con los que cuenta la compañía, nuevos canales de comunicación.
Agregó que dependiendo de la magnitud y locación de la epidemia, se puede dar mayor y mejor uso de las tecnologías de la información y los sistemas de comunicación, facilitando el teletrabajo o tele conferencias.