Han pasado más de 23 años desde que se publicó el reglamento de la Ley de Fomento del Empleo (Decreto Legislativo 728) y desde entonces hubo diversas aplicaciones e interpretaciones de la norma, sobre todo en el ámbito judicial y constitucional.

Fue en enero de 1996 cuando se publicó el Decreto Supremo 001-96-TR, que está vigente hasta hoy y es el que regula las relaciones laborales en el sector privado

Ahora, el Gobierno busca actualizar este reglamento incluyendo las diversas interpretaciones que se dieron en el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. Prepublicó el proyecto de la norma y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recibirá opiniones y sugerencias durante los próximos 30 días.

“En un 70% y 80% se recoge lo que los jueces y el Ministerio de Trabajo venían resolviendo. Esta normativa se está transparentando y da más seguridad jurídica”, afirmó el laboralista, Jorge Toyama.

Hoy en día, un trabajador puede aceptar que se pague en especies el 100% de su remuneración. Incluso si es con bebidas alcohólicas. La propuesta del Gobierno cambiaría esta situación y pone como límite un máximo de 30% de la remuneración total y no se podría cobrar con bebidas alcohólicas, estupefacientes, sicotrópicos, estimulantes y similares.

Asimismo, precisa una serie de conceptos que no forman parte de la remuneración para ningún efecto legal. Entre ellos, las gratificaciones extraordinarias, bonificaciones por cierre de pliego, participación de utilidades de la empresa, la canasta de Navidad o similares, el monto de transporte, la asignación o bonificación por educación, entre otros.

En el proyecto de reglamento de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, se establecen reglas para que las empresas puedan despedir a los trabajadores por bajo rendimiento. La norma en cuestión señala la posibilidad de despedir a un trabajador por “rendimiento deficiente”, pero la evaluación para que esto suceda no estaba precisada.

Cambios en fiscalización laboral

El Ministerio de Trabajo ha prepublicado un proyecto de modificación de la ley general de inspección del trabajo, la cual regula el actuar de Sunafil al inspeccionar a empresas. Mediante esta ley crea el convenio de formalización para empresas con hasta 10 trabajadores.

Se propone que los empleadores con hasta 10 trabajadores que firmen al convenio de formalización deberán pagar la totalidad de beneficios adeudados a sus trabajadores en 12 meses.

Este convenio es un compromiso celebrado entre el empleador y la Sunafil para subsanar la situación laboral irregular de alguno(s) de los trabajadores de la empresa en un plazo de 12 meses.

Si el empleador cumple con esto, Sunafil no sancionaría a la empresa infractora, funcionando como un periodo de gracia de 12 meses para empresas infractoras.

Al reconocer al trabajador irregular mediante este convenio, el empleador deberá pagar al trabajador el “íntegro de remuneraciones y beneficios sociales” adeudados, con intereses.

TAGS RELACIONADOS