En el 2018 se publicó precedente que establecía que un insulto en redes podía llevar al despido.
En el 2018 se publicó precedente que establecía que un insulto en redes podía llevar al despido.

Insultar a un empleador y afectar la imagen de la empresa contratante no es causal de despido, según lo expuesto por la Corte Suprema en la Casación Laboral 4737-2020.