El Indecopi emitió un nuevo precedente de observancia obligatoria, el cual busca impedir los descuentos engañosos o ficticios que puedan ser utilizados por empresas para impulsar sus ventas (Resolución 186-2021/CCD-Indecopi).
De acuerdo con lo dispuesto por el Indecopi, cuando una empresa ofrece una oferta o rebaja, sea en monto específico o en forma de un porcentaje, dicha rebaja debe ser calculada respecto de la “oferta estándar”.
De lo contrario, estaría desnaturalizando el concepto mismo de la promoción e incurriendo en un caso de competencia desleal en la modalidad de engaño.
Valor “estándar”
El Indecopi señaló que, para determinar el valor “estándar” de un bien o servicio, se deben identificar las condiciones y el precio con los que usualmente se ofrece el producto materia de la promoción.
Por ejemplo, se debe analizar si el precio inmediatamente anterior al periodo de la promoción era el mismo que se señala en la oferta.
En el caso analizado por el Indecopi, una empresa ofreció un producto a S/ 699, S/ 200 menos de su precio “estándar” de S/ 899, como consecuencia de una rebaja.
Sin embargo, al analizar el precio del producto el mes anterior, se pudo confirmar que el producto siempre había tenido el precio de S/ 699.
Preocupación
Cindy Vargas, asociada del estudio Amprimo, indicó que el precedente, a primera vista, es positivo para los consumidores, al eliminar posibles prácticas desleales que sí se ven en el mercado. Sin embargo, existe una preocupación con relación al tema.
Vargas explica que a veces los precios pueden subir o bajar por varios factores del mercado, sea por un cambio en la estructura de costos y el valor del dólar, entre otros. Por ende, existen casos en los que es posible que suban precios de un mes a otro naturalmente.
“Lo que podría generar problemas es que, a partir de las investigaciones para determinar cuál es el precio ‘estándar’ de un bien o servicio, se intente revisar cómo se calculan los precios. Si es que se llega a este supuesto se podría afectar la misma determinación de precios, lo cual afecta el libre mercado”, señala Vargas.
Nuevo. En casos anteriores el Indecopi analizó denuncias sobre posibles rebajas simuladas, como las vistas en la resolución que ahora es precedente. Sin embargo, en dichos casos no se hizo mayor revisión sobre la forma como se calcularon los precios del servicio o producto, dado que se tenía entendido que ello era tema del proveedor y del libre mercado.