La Comisión de Trabajo actualmente tiene en sus manos un proyecto de ley que busca imponer más límites a la aplicación de los ceses colectivos.

El proyecto plantea que para que una empresa pueda solicitar el uso del cese colectivo al Ministerio de Trabajo (MTPE), cuente con un informe previamente elaborado por una Comisión de Trabajadores que le de la luz verde.

La Comisión, conformada por 5 trabajadores de la empresa que no ostenten cargo de dirección, podrán acceder a toda la documentación económica financiera de la empresa del último quinquenio para elaborar su informe y dar su aprobación sobre el uso del cese colectivo o no.

Prohibición expresa

Asimismo, el proyecto plantea que haya un grupo de empresas excluidas del uso del cese colectivo sin importar el hecho que pueda existir una razón objetiva detrás.

Estas son las empresas del Estado, las compañias que hayan recibido un crédito, beneficio, deducción o exoneración tributaria del Estado en los últimos 10 años, empresas vinculadas a un grupo económico, compañias que sean principales contribuyentes tributarios, empresas con ganancias anuales mayores a 400 UIT (S/1,760,000), las empresas que tengan deudas con el Estado judicializadas y aquellas que tengan sentencias judiciales en contra por desnaturalizar sus contratos de trabajo.

Los Ceses Colectivos

Los ceses colectivos son una herramienta con la que cuentan las empresas para poder dar de baja a un grupo significativo de sus trabajadores, siempre basándose en causales objetivas, como hechos de fuerza mayor y en la actualidad ya requieren de la autorización previa del Ministerio de Trabajo.

Es por esta última razón por la cual casi no se han utilizado, ya que el MTPE rara vez aprueba un cese colectivo.

Desde el 2007, el número de ceses colectivos aprobados por el MTPE solo llega a 7.

En ese sentido, resulta cuestionable que se quieran poner más trabas al procedimiento de solicitud al cese colectivo.