Redacción Gestión

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El ó la tabla de graduación de infracciones y sanciones que aplicará a funcionarios y entidades públicas que impongan barreras burocráticas, las cuales varían desde una amonestación hasta multas de 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/. 76,000.

Según una resolución del Indecopi que ya entró en vigencia, se pone en marcha una metodología de cálculo de multas que permitirá al funcionario público conocer las infracciones, los topes de sanción asociados a estas y los criterios para su determinación,.

En esa dirección, se ha elaborado el aplicativo "Desarmabarreras", que se encuentra en el portal web www.indecopi.gob.pe, a través del cual los trabajadores de la administración pública podrán determinar la eventual sanción que les correspondería, en cada caso de poner barreras ilegales o irracionales.

De esta manera, estarán al tanto de las multas que el Indecopi les podría imponer.

Recordó que la Ley N° 30056, que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, faculta al Indecopi a imponer sanciones a las entidades públicas y a cualquier persona que ejerza funciones administrativas, que impongan u ordenen la aplicación de una barrera burocrática declarada ilegal o irracional.

Se considera que las entidades y sus funcionarios cometen infracción cuando, por ejemplo, incumplen las normas sobre simplificación administrativa o exigen requisitos adicionales a los contenidos en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones o en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de su propia entidad.

Además, cuando exigen derechos de tramitación o establecen plazos mayores a los señalados en las normas que regulan el otorgamiento de licencias, autorizaciones y permisos, entre otros.

Las barreras burocráticas no son negativas en sí mismas pues tienen como principio conciliar la libertad de empresa con el respeto de otros derechos e intereses de la colectividad, explicó el Indecopi.

Sin embargo, cuando tales barreras se imponen sin justificación legal (ilegales) o se aplican de manera arbitraria o desproporcionada (carentes de razonabilidad), se convierten en sobrecostos innecesarios .