El Congreso de la República publicó este viernes la Ley que crea el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas (mypes) Acreedoras del Estado.
Mediante Ley Nº 31677, publicada hoy en Normas Legales, se indica que se busca tener información actualizada, ordenada y pública de las deudas vigentes y contingentes que mantienen las entidades del Estado con las mypes.
Asimismo, señala que los alcances de la presente ley son aplicables a las mypes, de acuerdo a la definición y características que señala la legislación vigente.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se encarga de la creación, mantenimiento y actualización del Registro Nacional de las Mypes Acreedoras del Estado.
Dicho registro asienta la inscripción de los acreedores y las deudas que tiene el Estado con las mypes, por lo cual debe contener como mínimo la siguiente información:
- Nombres o razón social.
- Número de RUC.
- Domicilio fiscal.
- Monto y resumen del origen de la deuda, observación hecha por la entidad y la situación en la que se encuentra, ya sea en sede administrativa, arbitral y/o judicial.
La difusión virtual, pública y actualizada del Registro Nacional de las MYPE acreedoras de entidades del Estado está a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, y el acceso será gratuito.
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la Ley que crea el Registro Nacional de las Mypes Acreedoras del Estado, dentro de los 30 días hábiles de haber sido publicada.
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