(Foto: USI)
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El Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco, inició un procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Consettur Machupicchu porque no habría ofrecido un servicio idóneo a sus pasajeros, tras el accidente de tránsito en la ruta Aguas Calientes - Ciudadela de Machupicchu (Carretera Hiram Bingham), el pasado 24 de agosto.

Producto de las investigaciones, efectuadas inmediatamente después de ocurrido el accidente, esta instancia concluyó que esta empresa habría vulnerado el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual dispone que los proveedores son responsables por la calidad e idoneidad de los productos y servicios que ofrecen y brindan en el mercado.

En el caso específico del servicio de transporte terrestre de pasajeros, los usuarios esperaban que el viaje se realice en forma segura, de manera que no se presenten circunstancias que pongan en riesgo su vida o sus bienes. En ese sentido, es deber de estos proveedores trasladar a los pasajeros desde su lugar de origen hasta su destino, sin ningún inconveniente.

De la misma manera, la empresa habría infringido el artículo 25° del mismo Código que establece que los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes.

El inicio de un procedimiento administrativo sancionador obedece a la existencia de indicios sobre la presunta infracción a las normas del código, como se ha expresado y, de ninguna manera, constituye un prejuzgamiento sobre el resultado del procedimiento ni la responsabilidad del proveedor.

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