El turismo o deporte de aventura (esquí, snowboard, escalada deportiva, vuelo sin motor, paracaidismo, ala delta, parapente, puenting, etc) conlleva un riesgo. Por eso, el Decreto Supremo 005-2016-MINCETUR aprueba el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura, además de las disposiciones del Código Civil y del Código de Protección al Consumidor.