Los empleados públicos podrán negociar aumentos de sueldo. Y es que el Gobierno publicará el decreto de urgencia que regulará la negociación colectiva en el Estado, en cumplimiento de dos sentencias del Tribunal Constitucional de los años 2015 y 2016.
La ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, afirmó que con el decreto de urgencia tiene un balance en el que se reconoce el derecho de los trabajadores públicos a la negociación colectiva, pero también establece que debe tener límites que no afecten el equilibrio presupuestario.
“Para nosotros, es muy importante respetar la disciplina fiscal, que en los últimos 20 años es lo que ha dado solidez macroeconómica”, dijo. Actualmente el artículo 6 de la ley de presupuesto público prohíbe el incremento de sueldos a los trabajadores públicos y es precisamente este punto el que fue declarado como inconstitucional por el Tribunal Constitucional.
Tres niveles de negociación
Gestión supo que el decreto de urgencia de negociación colectiva recoge gran parte de la propuesta presentada al Congreso por el Gobierno en enero del año pasado.
Una de ellas es que la negociación colectiva del sector público se realice en tres niveles: centralizado, centralizado especial y descentralizado.
En el caso de la negociación descentralizada, se aplicará solo a algunas entidades del Estado, como el TC, Poder Judicial, entre otros. La centralizada será una gran negociación colectiva para entidades como ministerios, empresas y otras entidades del Estado. Y la centralizada especial será para sectores como salud y educación por el tamaño de su planilla.
Equilibrio presupuestal
Asimismo, se establece la necesidad de que el informe económico-financiero del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) determine el monto de la negociación sujeto a un equilibrio presupuestal.
Los aumentos se harán respetando el informe económico-financiero que realice el MEF, el cual establece los límites de la negociación, general y para cada caso particular. Se precisa que toda negociación que se haga fuera de los parámetros que fijan ese informe y el DU, es nulo y, por lo tanto, no procede.
En Corto
Reglas se aplicarán en todo el Estado
Precisión. Este DU regirá para todas las entidades del Estado en los tres niveles de gobierno, para las empresas públicas, para los organismos descentralizados y para las entidades autónomas constitucionalmente, como el BCR, SBS, etcétera. Los convenios colectivos durarán dos años.