La industria acuícola nacional, que tiene un desarrollo aún incipiente en el país, pues su nivel de exportaciones está lejos de alcanzar al de países vecinos, acaba de recibir incentivos para su desarrollo.
Sin embargo, también enfrenta mayores exigencias ambientales.
En el primer caso, la madrugada del jueves el pleno del Congreso aprobó la Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura, que establece diversos incentivos tributarios.
Así, la norma determina una extensión en el actual beneficio de la reducción de la tasa del Impuesto a la Renta.
El dispositivo refiere que las personas naturales y jurídicas que realizan esa actividad y cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT, en el ejercicio gravable 2023-2032, tendrán una tasa del Impuesto a la Renta (IR) del 15%.
Además, establece que, a partir del año 2033 en adelante, se les aplicará a ese mismo tipo de empresas la tasa del régimen general (del 29.5%) del IR.
Según el DL 1515 vigente, solo durante el ejercicio gravable del 2022 las empresas acuícolas con rentas mayores a las 1,700 UIT podían pagar el 15% del IR, tasa que subiría en el 2023 al 20%, y al 25% en el año 2025.
Régimen para empresas cuyos ingresos superen las 1,700 UIT
Esta nueva ley detalla que, para las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable 2023 a 2025 tendrán también una tasa (del IR) del 15%; para el ejercicio del 2026 al 2029 dicha tasa subirá al 20%, y del 2030 al 2032 será del 25%. Sin embargo, del 2033 en adelante se les aplicará la tasa del régimen general.
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Igualmente, establece como beneficio aplicable hasta el 31 de diciembre del 2031, la depreciación para la determinación del IR, a razón del 20% anual, del monto de las inversiones en infraestructura acuícola, así como el equipamiento asociado al cultivo para quienes desarrollan esa industria.
La ley determina también que procede la recuperación anticipada del IGV pagado en las adquisiciones de bienes de capital, insumos, servicios, y contratos de construcción en la etapa pre-operativa de la citada actividad, entre otros beneficios.
OEFA incrementa sanciones a la acuicultura
Pero el miércoles 28, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó una resolución para una nueva tipificación de infracciones administrativas, que establece una mayor escala de sanciones aplicable a las actividades de procesamiento industrial pesquero y acuícola de mediana y gran empresa.
Al respecto, Jorge Leturia, especialista en legislación ambiental de EY, explicó a Gestión que la citada norma amplía el rango de tipificaciones de infracciones a la normativa ambiental, pero además endurece las sanciones a las empresas acuícolas y procesadoras pesqueras.
Refirió que si bien hasta ahora OEFA establecía multas de hasta 1,600 UIT para la actividad en mención, ahora las ha extendido hasta las 16,500 UIT (S/81.6 millones), aplicable por ejemplo para casos de destrucción de manglares o estuarios (durante el ejercicio acuícola).
Además, el no realizar el manejo ambiental de las emisiones, efluentes, ruidos, residuos sólidos y cualquier otro aspecto de sus actividades que puedan generar impactos ambientales negativo, será multado con hasta 10,500 UIT (S/51.9 millones).
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El operar un establecimiento industrial pesquero sin contar con equipos o sistemas de tratamiento de emisiones; tener equipos o sistemas de tratamiento de emisiones inoperativos; o sin utilizar los equipos o sistemas de tratamiento de emisiones, a pesar de su operatividad, tendrá sanción de hasta 2,700 UIT (S/13.3 millones), entre otros.
SNI: sanciones ambientales son confiscatorias
Al respecto, Alfonso Miranda, presidente del Comité de Pesca y Acuicultura de la SNI, consideró que el nuevo régimen de sanciones que está imponiendo la OEFA resulta confiscatorio para la mencionada actividad y constituye una “persecución implacable” a la misma.
“Multas de hasta 16,500 UIT (que ha fijado OEFA) son cifras de locura, no son montos sancionadores, sino confiscatorios para el sector formal, pues (de poder pagarlas) tendrían las empresas menos valores en activos que las multas que se quieren poner”, aseveró.
En tal sentido, advirtió que este incremento en las sanciones puede ser un desincentivo a las inversiones en la actividad acuícola, cuando su desarrollo en el país aún es incipiente, pues sus exportaciones no llegan aún a los US$400 millones anuales, cuando Ecuador y Chile exportan por más de US$5,000 millones anuales.
Miranda cuestionó que mientras el citado organismo está persiguiendo a las empresas acuícolas formales, no hace lo propio con plantas procesadoras de residuos de anchoveta y pota que operan ilegalmente, y mueven unas 150,000 toneladas de esos recursos al año para la fabricación ilegal de harina.
Este tipo de plantas son las que no cumplen ninguna norma ambiental y lanzan efluentes contaminantes al medio ambiente, sin ningún control de la OEFA, dijo.