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La Corte Suprema de Chile ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección presentado por comunidades indígenas y asociaciones de productores en contra de la resolución adoptada por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que autorizó el ingreso de desde Perú.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Andrea Muñoz; además del abogado (i) Arnaldo Gorziglia– confirmó el rechazo de la acción cautelar.

De acuerdo a la sentencia del máximo tribunal chileno, el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar la decisión, debido a que la contienda, por su naturaleza, no es una materia que corresponda ser dilucidada por medio de una acción cautelar de urgencia.

Esto porque la acción cautelar no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria.

"Por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre. Reafirma lo anteriormente razonado lo preceptuado en el artículo 129 k de la Ordenanza General de Aduanas, norma que establece un procedimiento especial de reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero", precisa la sentencia.

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