La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el marco normativo aplicable al dinero electrónico, a fin de impulsar el uso de cuentas de dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera ante la situación de emergencia sanitaria por el coronavirus (COVID-19).
A través de la Resolución SBS N° 1354-2020 publicada este sábado 9, se establece un mecanismo de respaldo al dinero electrónico, temporal y sustituto al fideicomiso, modalidad contemplada en el Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico.
Asimismo, se permite que las entidades emisoras de dinero electrónico puedan, en lugar del fideicomiso, utilizar como garantía para sus operaciones depósitos en una entidad con una alta categoría de riesgo (A+), reduciendo costos para dichas empresas.
Adicionalmente, para aquellas entidades emisoras que constituyen fideicomisos como garantía del dinero emitido, siempre que atiendan la disposición de fondos otorgados o liberados en el contexto del Estado de Emergencia y cuenten con calificación de categoría de riesgo A- o superior, se establece que podrán constituir fideicomiso como garantía del nuevo dinero electrónico emitido hasta en 60 días posteriores.
“Al hacer menos onerosa la emisión del dinero electrónico se podrá impulsar su uso entre las empresas supervisadas, a fin de atender en el más breve plazo los requerimientos de la población, sobre todo aquella que radica en las zonas más alejadas de nuestro país y que se encuentra en situación más vulnerable ante esta pandemia”, dice el documento.
De esta forma, se ofrecerá al público una alternativa adicional al uso del efectivo, facilitando así los pagos no presenciales. Así, por ejemplo, los pagos de gobierno, entre otros, se podrán recibir sin tener que acudir a una agencia financiera, reduciendo de esta forma las aglomeraciones que pueden incrementar el riesgo de contagio del COVID-19.
Cabe precisar que la presente norma estará vigente para el dinero electrónico emitido hasta el 31 de diciembre del 2020.