Libertad de empresa y dignidad humana
Este post sintetiza algunas constataciones de una reciente investigación postdoctoral en Derecho que vengo desarrollando en la Universidad de Bolonia. Esta investigación me permite afirmar que el ejercicio de la actividad empresarial refleja la dignidad humana y que la libertad de empresa se encuentra implicada por derechos humanos y constitucionales.
Cuando nos referimos a una empresa, aludimos a la actividad económica que se realiza para satisfacer una necesidad que conforma la demanda en una economía social de mercado, entregando un producto o servicio; y, también a la organización social y económica conformada por las personas que ponen en marcha la amalgama de trabajo y capital. Cuando nos referimos a una empresa podemos aludir también al valor económico que representa como objeto de propiedad, conformado por su capital, su patrimonio y el conjunto de derechos y deberes que se organiza sobre ella.
Queda claro que empresa no es la persona jurídica (sociedad anónima) ni la persona humana o natural que es titular de la empresa o conduce la actividad empresarial. Las personas son quienes ejercen la libertad de empresa. Esta libertad se encuentra conformada -en primer lugar- por la libre iniciativa privada, que enmarca la libertad de determinación para asegurar que toda persona pueda -por ejercicio de su propia voluntad- realizar actividad empresarial, sin distingo ni discriminación por su nacionalidad o por la procedencia de su capital. Se trata de libertad de acceder a la actividad económica en el mercado cumpliendo las normas jurídicas de carácter imperativo que se encuentren vigentes.
Asimismo, la libertad de empresa se encuentra conformada -en segundo lugar- por la libertad de actuar, lo que asegura que toda persona natural o jurídica, incluso quien califique como inversionista nacional o extranjero, tiene la libertad de:
i) elegir a cuál actividad empresarial dedicarse;
ii) elegir el momento para iniciar actividades empresariales, ampliarlas, restringirlas o cesarlas;
iii) decidir la forma y el modo de organización para el desarrollo de la actividad empresarial elegida;
iv) concurrir y competir en el mercado con otros; y,
v) generar excedentes o utilidades.
La libertad de empresa garantizada por la Constitución Política del Perú expresa mandatos de optimización, por ello su ejercicio debe procurar la mayor libertad posible pero siempre respetando los límites que imponga la ley para proteger la salud, la seguridad y el orden público, entre otros objetivos legítimos que tienen por finalidad proteger a las personas y a la sociedad[1].
Debe notarse que la libertad de empresa se encuentra conformada, en lo específico, por algunas de sus manifestaciones como son la libre producción de bienes o mercancías, el libre comercio de bienes o mercancías y la libre prestación o comercio de servicios, también expresamente garantizadas por la Constitución Política. Se entiende que la producción industrial, el comercio entendido como transacciones sobre mercancías y la concreción y prestación de servicios a cambio de una contraprestación son propiamente expresiones de la actividad empresarial.
La esencia de la libertad de empresa se encuentra sustentada y, por ello, íntimamente ligada al derecho de propiedad, derecho humano y derecho constitucional, que implica la libre disposición; y, al derecho de libertad contractual con fines lícitos, también garantizado por la Constitución Política. Ello resulta manifiestamente claro debido a que la actividad empresarial se desarrolla sobre la base de intercambios económicos entre diferentes agentes del mercado que pueden ser personas humanas o personas jurídicas titulares de una actividad empresarial.
La actividad empresarial cumple una función social al proveer, en amplia medida, a los consumidores finales, que son personas humanas, de los bienes y servicios que necesitan para la satisfacción de sus necesidades personales y familiares (alimentación, salud, educación, vivienda, vestido y transporte, entre otras), mediante la contratación y, en muchos casos, mediante la transferencia de la propiedad de determinados bienes para su uso o disfrute.
Como anticipaba, este post sintetiza algunas constataciones de una reciente investigación que vengo desarrollando, que me permite afirmar que el ejercicio de la actividad empresarial refleja la dignidad humana y que la libertad de empresa se encuentra implicada por derechos humanos y derechos constitucionales. A algunos les resulta difícil apreciarlo al observar la actividad de las grandes empresas. Sin embargo, a nadie le resulta difícil apreciar que la dignidad humana se expresa en el emprendimiento y en las actividades de la empresa unipersonal (trabajo empresarial independiente o autónomo o autoempleo), la empresa familiar, la microempresa o la actividad empresarial artesanal o agropecuaria asociada, entre otras. Estas actividades permiten la legítima generación de ingresos y el sostenimiento para las personas y sus familias (tal como lo hace el trabajo dependiente de una manera distinta), de modo que pueden satisfacer sus necesidades y concretar derechos humanos y constitucionales.
El fundamento que subyace al ejercicio de la libertad de empresa es el mismo, aun cuando las escalas de la empresa sean diferentes (grande, mediana, micro, familiar o unipersonal). Se trata de apreciar la dignidad de las personas humanas al realizar actividad empresarial, ejerciendo ciudadanía económica. El entendimiento de esta conexión debe ser fortalecido. La actividad empresarial expresa autodeterminación en la búsqueda de la realización humana y genera incluso trabajo para otras personas, así como el debido pago de impuestos para el financiamiento de actividades de interés general a cargo del Estado, en beneficio de las demás personas y de la sociedad en su conjunto.
[1] Para abundar sobre este entendimiento desde lo jurídico, consultar, entre otros: LÓPEZ DE LERMA, J. (2016). La constitución económica liberal como garantía del libre mercado. Los derechos de propiedad privada y libertad de empresa. Estudios de Deusto, 64(1), 39–60; MARTÍNEZ HERRERA, K. (2015). Límites al ejercicio de la libertad de empresa. [Tesis Doctoral, Universidad de Alicante]; y, PANIAGUA ZURERA, M. (2017). La libertad de empresa: el marco institucional y su contenido esencial. Revista de Fomento Social, 72(287–288), 859–871.