Contribuciones para fortalecer el rol de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)
Se acaba de designar al Sr. José Manuel Peschiera como nuevo Superintendente del Mercado de Valores, habiendo concluido el mandato de la Dra. Lilian Rocca Carbajal, que se caracterizó por una actualización y mejora regulatoria, así como por el fortalecimiento de los derechos de los inversionistas. A continuación, sugerimos algunas líneas que pueden contribuir con afianzar el rol de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) para el desarrollo de este mercado, en esta nueva gestión:
- A nivel operativo, es recomendable:
- Continuar con el esfuerzo constante de simplificación administrativa. Si bien se han logrado avances en la gestión saliente con el establecimiento de regímenes simplificados y con la adaptación de herramientas tecnológicas (tales como los formatos electrónicos para la emisión de valores), se debe continuar identificando y desarrollando cualquier espacio de mejora posible que permita reducir los costos de emisión, financiamiento de empresas y adquisición de valores en este mercado.
- Actualizar tecnológicamente los sistemas de la SMV, en especial aquellos a disposición de los usuarios. La Bolsa de Valores de Lima (BVL) ya actualizó sus sistemas electrónicos, adoptando el sistema Ultimus, con la finalidad de adaptarse a las nuevas necesidades de los mercados actuales. En dicho contexto, es deseable actualizar la plataforma MVNET, que es el medio a disposición de los usuarios para enviar información a la SMV y BVL, realizar trámites administrativos y acceder a los regímenes simplificados del e-prospectus.
- A nivel regulatorio y de cumplimiento normativo, es recomendable:
- Impulsar la homogeneización e integración normativa de la regulación de la SMV. Resulta oportuno iniciar un proceso de integración y concordancia de los distintos reglamentos y normas accesorias que conforman la regulación del mercado de valores. Ello con el fin de lograr un conjunto normativo simple y ordenado, que permita a los usuarios un fácil acceso y entendimiento de esta regulación.
- Mejorar el acceso a los precedentes administrativos de la SMV, vinculándolos con el conjunto normativo antes señalado, con el fin de facilitar su consulta pública. Asimismo, es posible aumentar los niveles de difusión pública de las opiniones y observaciones que emite la SMV en los diferentes trámites a su cargo. Ello se traducirá en una mayor predictibilidad y confianza por parte de los actores en el mercado de valores.
- Asumir el gran reto que las nuevas tecnologías presentan. La aparición del crowdfunding o las fintech generan nuevas realidades para los reguladores de los mercados financieros, dado que desafían las formas tradicionales de acceso a estos mercados. El nivel cada vez mayor de penetración de estas nuevas formas de actuación financiera (basadas en nuevas tecnologías) obliga a iniciar un proceso de regulación de las mismas que, sin sobrecarga normativa, permita su desarrollo ordenado, como ya lo han hecho otros reguladores a nivel mundial y podría hacerlo en su ámbito la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) con el crowdlending. Las nuevas realidades financieras no se pueden ignorar.
- Retomar la idea de un tribunal administrativo como órgano técnico de última instancia administrativa de la SMV para casos sancionadores y correctivos, así como para la solución de controversias. Consideramos que es ideal contar con un órgano colegiado, especializado y autónomo, que establezca una línea de precedentes administrativos en el mercado de valores; y, que asegure la predictibilidad y razonabilidad en todas las decisiones de la SMV.
- En el ámbito de la supervisión de cumplimiento normativo, es razonable evaluar la posibilidad de que las intendencias de investigación (o instrucción) puedan contar con facultades para llegar a acuerdos con la empresa investigada que, al tiempo de atenuar el posible monto de multa a imponer, incorporen un compromiso de corrección o de cese de la conducta investigada. Ello, con el fin de evitar la continuación de todos los procedimientos sancionadores cuya duración, en algunos casos, puede resultar muy extensa. Esta habilitación permitirá reducir costos administrativos (derivados del trámite íntegro de un procedimiento sancionador), sin perder el objetivo de desincentivar conductas indebidas que afecten al mercado de valores o a los inversionistas.
- A nivel institucional y estructural, es recomendable:
- Continuar con el desarrollo del sistema de Defensoría del Inversionista, que es una innovación de la gestión saliente. Esta defensoría, como ha sido concebida, resuelve de forma amigable y eficiente las disputas y reclamos de los participantes en el mercado de valores; y, asume un rol activo en la emisión de propuestas normativas dirigidas a asegurar los derechos de los inversionistas. Esta defensoría puede cumplir un rol, cada vez más eficaz, en la generación de confianza en el segmento de inversionistas retail, que requiere ampliarse en nuestro mercado de valores para contribuir con su desarrollo.
- Evaluar, más adelante, el reconocimiento de la SMV como un órgano constitucional autónomo, con el fin de reforzar su institucionalidad e independencia funcional. Allí está el proyecto de reforma constitucional que preparamos cuando ejercimos la dirección de la Defensoría del Inversionista[1]. Como evidencia de un desarrollo institucional positivo está la SBS que, siendo el organismo regulador y supervisor del segmento financiero de intermediación indirecta, goza de tal autonomía. Esta ha sido un elemento clave en su desarrollo institucional. Más adelante se podría evaluar este nivel de autonomía para la SMV.
Finalmente, es preciso que la SMV cuente con todos los recursos disponibles que le permitan cumplir sus funciones dirigidas a velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia del mercado de valores y la adecuada formación de precios en este mercado; y, que le permitan retener y captar los cuadros profesionales que sean necesarios para actuar como autoridad en un mercado que requiere de alta especialización y eficacia.
[1] El autor ha sido Superintendente Adjunto y Defensor del Inversionista de la SMV entre los años 2011 y 2016.
* Agradezco al señor Pedro Alfonso Díaz Medina por sus valiosos comentarios y los permanentes intercambios sobre el fortalecimiento del mercado de valores en el Perú.