005: con licencia para sobrepescar
Por Verónica Zapata.
No es usual que la aprobación de un Decreto Supremo lleve a una demanda judicial en su contra por la Sociedad Nacional de Pesquería, como ha ocurrido con el DS 005-2012-PRODUCE. Por ello, en este comentario discutiremos la naturaleza de esta controversia.
El DS 005 amplía el ámbito de pesca de anchoveta para consumo humano
directo (CHD) en la franja comprendida entre las 5 y 10 millas marítimas
de la costa, sin establecer límites a la cantidad capturada. Antes de
la publicación del DS 005, la captura de anchoveta fuera de las 5 millas
de la costa estaba destinada a la flota industrial sujeta a cuotas de
pesca que se establecieron justamente para evitar la depredación del
recurso y que se considera una de las mejores regulaciones pesqueras del
mundo. Asimismo, la pesca en las primeras 5 millas de la costa estaba
reservada para los pescadores artesanales que deberían pescar
principalmente para el CHD.
Al consultar la exposición de motivos del referido DS nos dimos con la
sorpresa de que ni aclara los objetivos del mismo ni presenta ningún
argumento razonable para sus tres principales disposiciones: la creación
de la franja marítima exclusiva y sin límites de captura; la
introducción de la categoría de embarcaciones de “menor escala” y la
asignación de la franja exclusiva a las mismas; y la obligación de que
la captura de anchoveta en dicha franja marítima sea destinada
exclusivamente al CHD.
El DS establece que esta nueva franja debe ser destinada a la pesca para
CHD mediante embarcaciones de “menor escala” que exceden la definición
“artesanal” por su gran capacidad (entre 10 y 32.5 toneladas métricas) y
por tener “preferentemente” sistemas modernos de pesca. Estas
embarcaciones de “menor escala” no tendrán límites de captura todo el
año -a diferencia de las embarcaciones industriales, sujetas a cuotas y a
períodos de veda- lo que equivale a aumentar de manera no especificada
la captura permitida, pues los peces no respetan franjas marítimas (debe
señalarse que no se ha contado para este DS con la opinión del IMARPE).
Las embarcaciones de “menor escala” podrán entregar hasta el 10% de su
captura a las fábricas harineras residuales. Además, se permite a las
fábricas de procesamiento para consumo humano directo destinar a harina
residual hasta el 40% de lo obtenido de embarcaciones de menor escala.
Así, casi la mitad de la captura supuestamente orientada al CHD en
realidad no sería tal.
El DS 005 ha sido llamado por algunos medios la “Ley Alexis”, arguyendo
que se pretendería beneficiar al hermano del Presidente, quien sería
propietario de algunas embarcaciones de las características mencionadas
en el DS. Parece poco probable que este sea el caso, tomando en cuenta
tanto la trayectoria profesional de la Ministra y del Vice Ministro del
sector. Si bien entendemos que no existe un censo de las embarcaciones
beneficiadas éstas excederían largamente las mil unidades, con lo cual
la participación del hermano del Presidente sería poco significativa.
Sin embargo, sus principales disposiciones están reñidas tanto con el
análisis económico como con la experiencia regulatoria en el sector y
parecen desconocer la informalidad existente en el mismo.
El ministerio, a partir del DS, identificará a las embarcaciones de
“menor escala”, ¿cómo se puede asegurar la idoneidad de estas
embarcaciones para la pesca para CHD? ¿Acaso se cuenta con los
mecanismos de supervisión y fiscalización adecuados para cumplir con los
límites establecidos por el DS?
La ministra en su presentación en el Congreso señaló que la captura de
anchoveta para CHD promovida por este DS pasaría a ser de 500,000
toneladas al año, cuando actualmente se procesan solo 100,000 toneladas
para CHD. ¿Existe acaso demanda suficiente para quintuplicar la oferta
de CHD sin que el precio colapse? (ver gráfico). Los pescadores venderán
su captura a quien les pague el mejor precio. Si el pescado para
consumo humano no paga mejor entonces se venderá a las plantas harineras
y pretender prohibirlo no sólo atenta contra principios económicos
básicos sino que será imposible de cumplir.
Como diría Condorito: exigimos una explicación.