Penalizando a los pobres con la Ley de Insolvencia Familiar
¿Cuánto cuesta un litro de agua? Depende.
Si usted es pobre, el agua le va a costar más. Una trágica realidad es que los
bienes cuestan más a las personas que menos recursos tienen. Existe una
“penalidad” por ser pobre. El precio no necesariamente es monetario, sino que
también incluye el esfuerzo que toma conseguir un bien. Este término -poverty penaly- ha sido explicado en
reportes del World
Resources Institute.
[Imagen tomada de Flickr]
Piense en la comida. Muchas veces los
pobres viven en lugares alejados y con mal transporte público. ¿Cómo van a
llegar donde venden exactamente la misma
comida a un precio más bajo? La “tiende de la esquina” puede vender una bolsa
de pan a tres soles, donde un mercado podría venderla a uno. Esto hace que
exactamente el mismo producto -la bolsa de pan- cueste más a una persona con
menos recursos [éste y otros ejemplos, aquí].
El caso de los créditos bancarios no es
diferente. Los créditos también son más caros para las personas más pobres. En
parte, esto se debe a que las personas con escasos recursos tienden a ser más
riesgosas que las personas ricas. Siendo que el precio de los prestamos [interés],
se fija en función al riesgo, la consecuencia es autoevidente. Si yo
consiguiera reducir el riesgo de las personas más pobres, podría abaratar el
crédito para ellas. En este punto se han enfocado Hernando de Soto y sus
proyectos de titulización. Al darles propiedad a los pobres, les daba la
posibilidad de garantizar sus créditos, reducir su riesgo y abaratar el acceso
al crédito para ellas.
Un proyecto
como la Ley de Insolvencia Familiar -mediante el cual una persona se podría
exonerar de cumplir sus acuerdos con un banco por encontrarse en una situación
“extraordinaria” que no le permita pagar- va en el sentido exactamente inverso.
Éste hace que el riesgo de las personas aumente y -de esta manera- se incrementen
las tasas de interés o disminuyan los créditos; tal como ha
sido destacado por Miguel Palomino, un experto en finanzas.
Parte del problema de esta norma es su
vaguedad. Actualmente, ya existe una norma en el Código
Procesal Civil que establece un tope para los embargos ["embargo" es cuando
te quitan un bien a través de un proceso judicial para rematarlo y con eso
cobrarse una deuda]. Pero el tope es fijo, objetivo. Actualmente es
inembargable un sueldo por debajo de S/.1825; entre otros bienes especificados
en el artículo 648 del citado Código.
El nuevo proyecto de Jaime Delgado es
parecido -con lo cual, comparte el mismo error fundamental-, pero peor. Es peor
porque se podría aplicar incluso a personas que no son pobres. Habla de “mínimo
existencial”, lo cual no pone un parámetro fijo. Como ha destacado el mismo Miguel
Palomino, éste es un criterio subjetivo. Además, fuera de la regla simple del
Código Procesal Civil, esta nueva ley crearía una comisión especial del
Indecopi, con los gastos que esto implica. Por otro lado, la norma crea un
incentivo a acogerse a los supuestos de “insolvencia”, que pasan desde ser
despedido a enfermarse, etcétera. Este incentivo puede hacer que el costo de
fiscalización sea muy elevado para créditos que no lo justifiquen, por ser
montos muy bajos.
Otra consecuencia de esta ley es que
desalentará la “bancarización”. La des-bancarización también tiene un impacto
en los más pobres. No estoy a favor de obligar a las personas a usar los
bancos -como, paradójicamente, proponía otro proyecto legislativo-, pero sí
creo contraproducente este tipo de medidas que convierte en más caro el acceso
al crédito y al uso de instrumentos como tarjetas de créditos o débito que son
cada vez más importantes en una economía moderna. [Sobre la importancia de la
bancarización, aquí].
En resumen, nuevamente, tendremos una
legislación chatarra cortesía de Jaime Delgado. Ésta repite legislación
anterior, la empeora y vuelve más pobres a nuestros pobres.