Billetera mata galán: "democracia directa" y revocatoria
Que las personas con más recursos influyen desproporcionadamente en el proceso político, a nadie le va a sonar a un hallazgo y quizá hasta van a decir que es “obvio”, aunque muy pocas personas conocen el detalle de las investigaciones al respecto (podrían empezar por leer a Mancur Olson). Tampoco solemos asumir completamente las consecuencias de entender que el proceso político es dominado por grupos de interés. El control de los medios de comunicación -por otro lado- puede ser vital en esa ecuación (ver artículo de Petrova).
[Imagen tomada de Tax Credits].
Como una respuesta a esto, en algunos países, se crearon figuras que pueden ser clasificadas como “democracia directa”. De esta manera, se pensó, las personas podrían participar activamente en el proceso político, cuando los representantes elegidos respondieran a la influencia de los grupos de interés. La revocatoria forma parte de esta idea. Así, Garrett ha señalado que “El objetivo de la democracia directa, sea que se cumpla o no, es permitir a las personas esquivar el proceso legislativo tradicional, dominado por poderosos intereses particulares”.
Sin embargo, tal como hemos podido experimentar en el proceso de revocatoria de la alcaldesa de Lima, el dinero (ver: cuestionamientos, uso de fondos públicos y el costo de los paneles) y el control de los medios (ver: especulación de Beto Ortiz acerca de Aldo Mariátegui) también tendrían influencia en los procesos de democracia directa, tanto en Perú como en otros países. Tal como señala Hoesly “De hecho, algunas veces más dinero es gastando en campañas de iniciativas populares que en campañas de elección de funcionarios públicos o para hacer lobby ante el gobierno”.
Sin embargo, tal como señala el mismo Hoesly, el solo hecho de llegar a proponer algo -conseguir las firmas necesarias para presentar una iniciativa o una revocatoria- no garantiza ganar. Así, señala que “(…). En 2000, por ejemplo, solo dos de las diez campañas más costosas fueron exitosas (…)”. De acuerdo a esta investigación, el dinero es mucho más efectivo para parar las iniciativas ajenas que en hacer ganar las propias. En ese sentido, el opositor logró bloquear iniciativas el 80% de las veces en las que tuvo más dinero que el proponente.
Si asumimos que el dinero no debería ser el juez del “mérito político” de una propuesta -y creo que esto merecería un comentario aparte-; entonces tenemos un problema. Ante este supuesto problema, se han planteado muchas medidas, tanto en Perú, como en el resto del mundo. Enumeraré algunas de ellas solo para propiciar el debate:
- Subir la valla de firmas para presentar una propuesta (California) o exigir que las personas firmen en una determinada locación para mostrar su “compromiso”.
- Pedir más firmas a los que tengan recabadores de firmas “profesionales” que a los grupos “amateurs” que recaben sus propias firmas.
- Prohibir la recabación “profesional” de firmas (declarada inconstitucional en EE.UU).
- Prohibir que las empresas financien campañas políticas o realicen acciones políticas directas (declarada inconstitucional en EE.UU en el famoso caso Citizen United).
- Poner un límite al monto de las donaciones hechas por un solo donador (EE.UU.).
- Que el Estado financie las campañas políticas o a los grupos políticos que tengan un determinado apoyo popular (se aplica limitadamente en Perú y Canadá. En EE.UU. solo para elecciones presidenciales). Una refinación de esta propuesta, en la que las personas decidirían a quien asignar el dinero, sumado a donaciones anónimas, ha sido propuesto Ackerman y Ayres en “Voting with Dollars“.
- Obligar a los medios a transmitir publicidad de todos los grupos políticos o “franja electoral obligatoria” (Perú, en caso de elecciones/ Canadá). [Este comercial es particularmente ameno].
- Regular la publicidad electoral, sea prohibiéndola temporalmente en épocas cercanas a la votación (Perú/ Canadá) o en algunos medios específicos, como la televisión (Taiwán).
- Poner un límite a los gastos de campañas (EE.UU./ Canadá/ Taiwán).
- Revelación de información sobre donantes (Perú/ EE.UU./ Canadá).
P. D.: Mis posts salen los martes.
P. D. 2: Me pueden contactar en Twitter @osumar
P. D. 3: He usado las siguientes referencias para preparar este comentario:
- CHENG, Clement. “A Comparative Approach to Regulating Money Politics in Taiwan: Learning from the Mistakes of Others”. 20 Loy. L.A. Int’l & Comp. L.J. 535. [Sobretodo para las propuestas].
- GARRETT, Elizabeth. “The Law of Democracy: New Issues in the Law of Democracy: Democracy in the Wake of the California Recall”. 153 U. Pa. L. Rev. 239.
- HOESLY, Cody. “Reforming Direct Democracy: Lessons From Oregon”. 93 Calif. L. Rev. 1191.