AFPs y SBS Límites a la inversión en el exterior (parte ll)
La semana que transcurrió se dio a conocer que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) extendió el límite de inversión en el exterior para las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) hasta un 40% de su cartera.
Esto motivó a que se realizaran comentarios respecto a la preferencia que se tiene para invertir en fondos mutuos del exterior por parte de las AFPs, como alternativa que ha venido teniendo mayor participación en sus carteras.
La orientación de continuar invirtiendo en vehículos de inversión proporcionados por fondos mutuos ubicados en el exterior nos conduce a interrogantes que despierta esta modalidad. Para muchos aportantes a las AFPs surge la pregunta respecto a ¿por qué las AFPs como gestores de carteras de inversión, recurren a su vez a otros gestores (fondos mutuos del exterior) para invertir fuera del país (alrededor del 70% de lo invertido en el extranjero por la industria)?; es que, en más de 15 años de existencia de las AFPs ¿estas no han conseguido formar equipos especializados en mercados de fuera?, y seguimos recurriendo a otros entes especializados, ¿se paga doble comisión por ello?; en efecto, surgen múltiples interrogantes.
El marco para análisis
El tema se puede enmarcar dentro de un esquema (framework) básico, que se desarrolle en dos pilares, los cuales son los siguientes:
l. No debemos de perder de vista que los fondos depositados en las AFP no son inversiones de excedentes para sus inversionistas; sino, que son recursos previsionales provenientes de los ingresos corrientes de una persona que no toma una actitud inversionista, y busca más bien recibir contra dichos fondos, un ingreso futuro (consumo futuro). Sobre este esquema se debe examinar cualquier estrategia de inversión en títulos y/o vehículos de inversión.
II. Los fondos mutuos del exterior pertenecen a empresas que se constituyen en sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión, que sus productos están constituidos por vehículos de inversión bastante diversos; por ejemplo los puede haber en renta fija, renta variable; en renta-variable sectorial basada por ejemplo: en biotecnológicos, financieros, y así en diferentes tipos de sectores; en divisas; en metales; etc.
Como se puede apreciar los fondos mutuos del exterior son un universo complejo. El riesgo de inversión alcanza sus dos direcciones fundamentales: por un lado, el riesgo propio de la empresa administradora del fondo mutuo del exterior (Enterprise Risk Management) como inversionista institucional; y por el otro, el riesgo proveniente del instrumento en que se invierte y constituye el tipo de producto y/o vehículo de inversión en que se toma posición como inversionista del fondo.
Inversión en los fondos mutuos del exterior: Proceso de Inversión.-
La inversión en el exterior, mediante el vehículo de los fondos mutuos, si bien tiene el conveniente de ceder la gestión de inversión a inversionistas institucionales especializados, nos conduce a pensar en algunos puntos que debieran aclararse por múltiples motivos.
Pasemos a tratar dichos puntos.
1. Dado que los recursos que se colocan en los fondos mutuos del exterior son recursos previsionales consideramos pertinente que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publique un “disclosure” (documento en detalle) que explique el proceso de inversión para seleccionar los fondos mutuos del exterior por la AFPs.
Recurrir a fondos mutuos del exterior porque “no conocen muy bien” los mercados de fuera (como justifican este hecho algunos funcionarios de las AFPs -publicado el 17 Dic. 2013 - Diario Gestión); nos lleva a preguntarnos ¿cómo, entonces, sabemos que la AFP ha seleccionado un buen fondo?; en efecto, si no se entiende claramente la complejidad de los mercados del exterior, sean regionales y/o globales, ¿cómo se puede decir que se avanza hacia una mejora relativa en seleccionar un fondo del exterior?. Consideramos que la pregunta es válida para cualquier aportante; por consiguiente, la SBS, como regulador de recursos previsionales debe tener conocimiento del proceso de inversión en este punto.
Disclosure de comisiones
2. Este año funcionarios de rango del estado estuvieron muy preocupados en defender, a los aportantes, de las comisiones que cobraban las AFPs; incluso se llegó al extremo de hacer ingresar a una nueva AFP al sistema porque cobraba las comisiones más bajas, sin que se diera a conocer al público el “record (track) de rentabilidad histórica” obtenida por esta; sólo se compulsó a que se inscribieran en ella la nueva generación de aportantes.
Dado un nivel de conocimiento no adecuado por parte de las AFPs para tomar decisiones de inversión en mercados globales, entonces, ¿cómo se realiza el proceso de toma de decisión de inversión para elegir un fondo mutuo como medio para invertir en el exterior?, ¿cómo es la estructura de comisiones cuando se opera con los fondos mutuos del exterior?, ¿incluye asesoría?; o ¿se asesoran por alguien para elegir el fondo mutuo o los fondos mutuos?, ¿trabajan con “primary dealers” en este campo?, ¿trae esto consigo comisiones adicionales?.
En este sentido, sería pertinente llevar a cabo un disclosure de las comisiones que interviene en el proceso de toma de decisión; lo que interesa a un inversionista no sólo es la comisión, sino, el rendimiento que se logre con sus fondos previsionales; pero es bueno conocer dicha estructura de comisiones para explicar el costo de invertir en fondos mutuos del exterior a través de una AFP, la misma que no sabemos si en este proceso ella también, incluirá sus comisiones dentro de la estructura de costos de trabajar con ellas.
Disclosure sobre conflicto de intereses
3. Un tema de transparencia y delicado se encuentra en lo referente al fondo del exterior y su relación con el grupo financiero dentro del cual se encuentra la AFP.
Sería pertinente que se hiciera un disclosure de la relación comercial, financiera, legal e institucional, que tiene la AFP localizada en Perú y sus ejecutivos, con el grupo financiero al cual pertenece el fondo mutuo del exterior. Esto con la finalidad de conocer y evitar potenciales beneficios que generen conflicto de interés para los funcionarios de AFP, AFP misma, y/o el grupo financiero al cual pertenece la AFP, por seleccionar el fondo mutuo del exterior, no nos olvidemos que se tratan de recursos previsionales, por lo cuales no se deben tomar beneficios que quiebran un código de ética.
Los Códigos de Ética y Estándares de Conducta Profesional para grupos, compañías y ejecutivos financieros, es de vital importancia, debemos estar comprometidos en promover dentro y fuera de las corporaciones, sobre todo quienes sostiene certificaciones como el CFA-Charterholder; la misma que es aceptada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs.
Queridos lectores, les deseo una Feliz Navidad en Jesucristo:¨…camino, verdad y vida… (Juan 14,6)”