Corruptores y abusivos
La semana pasada se informó que uno de los inversionistas del proyecto Gasoducto del Sur Peruano (GSP) estaría iniciando un proceso contra el Estado peruano en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Afirma que para recuperar una inversión de US$ 511 millones. No es el primer caso reciente. Ya la conocida empresa corruptora brasileña inició otro proceso en la misma instancia por el mismo proyecto. También el responsable del aeropuerto de Chinchero interpuso una demanda ante el CIADI.
Estos casos son el perfecto ejemplo de lo mal que se llevaron estos procesos de concesión, contratos inadecuados y acuerdos internacionales de inversión obsoletos. El colmo de ambos proyectos es que sus contratistas principales fueron los que no obtuvieron los recursos financieros para continuarlos; uno por escándalos internacionales y el otro por su insolvencia. Llama la atención que a pesar de estos fracasos interpongan demandas ante el CIADI. Los problemas surgen tanto en las concesiones como en los tratados bilaterales de inversión (TBI) que se firmaron con los países de origen de estas inversiones. Los problemas se agravan cuando existe un tratado de libre comercio que incorpora un capítulo para la inversión extranjera. El problema es resoluble.
El CIADI se creó en 1966 para proteger y promover la inversión extranjera a partir de una iniciativa del Banco Mundial. Se circunscribe a conciliar y arbitrar entre las partes al amparo de lo establecido en los contratos respectivos. Si hay malos contratos los Estados llevan las de perder. No hay consideración alguna a las políticas de Estado o de Gobierno, nuevas consideraciones estratégicas, derechos de los consumidores, de los pueblos indígenas y en general ignoran los derechos humanos. Sin embargo, a nivel multilateral en la UNCTAD desde 2014 se están promoviendo TBI que establecen salvaguardas en pro del interés público, no restringen indebidamente la formulación de políticas públicas y garantizan inversiones socialmente responsables. Asimismo, desde en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se está elaborando un código vinculante para la operación de empresas transnacionales.
A nivel regional Brasil ha instaurado nuevos TBI que establecen que la inversión debe contribuir al desarrollo sostenible. Se incorporan cláusulas sobre responsabilidad social empresarial basadas en la propuesta de la OCDE que incluye el respeto de los Derechos Humanos, construcción de capacidades locales, desarrollo del capital humano, entre otras. Se considera un Ombudsman para recibir inquietudes y reclamos de los inversionistas y de un comité conjunto para la prevención de controversias y cooperación para limitar al extremo las controversias en el CIADI.