Redacción Gestión

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Tras algunos días de espera, finalmente hoy se publicó en El Peruano la ley que permitirá a los afiliados a las retirar sus fondos.

Entre las principales disposiciones de la nueva ley, se establece que "el afiliado a partir de los 65 años podrá elegir entre percibir una pensión o solicitar a la la entrega de hasta el 95.5% de su fondo".

Asimismo, prorroga el régimen de jubilación anticipada para desempleados, creado por la ley 29426, hasta el 31 de diciembre del 2018.

Además, establece que el afiliado a las podrá usar el 25% del fondo acumulado en su cuenta individual de capitalización "como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario para la compra de una primera vivienda", señala la norma.

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El dictamen aprobado también dispone que los afiliados con enfermedad terminal puedan acceder a una jubilación anticipada (sin necesariamente cumplir los requisitos dispuestos en la ley 29426), y de no tener beneficiaros, que pueda acceder a la devolución del 50% de su fondo.

En la cancha de la SBSSi bien el texto de la ley señala que entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en El Peruano, el presidente del Congreso, Luis Iberico, ha señalado que se deberá esperar a que la SBS emita un "procedimiento operativo" para que los afiliados puedan hacer la solicitud de retiro.

Iberico señaló que la SBS publicará este dispositivo en los próximos días, según le fue informado por el propio Superintendente de la SBS.

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