Redacción Gestión

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Si no votó en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2016, el pasado 10 de abril, debe saber que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha dado a conocer una serie de requisitos para su justificación.

Los ciudadanos que no sufragaron y/o que no instalaron mesas de sufragio pueden realizar los trámites de justificación y/o dispensa electoral en la sede central del JNE ubicado en el Cercado de Lima, o en cualquiera de las Oficinas Desconcentradas que se encuentran en diferentes regiones del país.

Requisitos para justificación y/o dispensa:1. Original y copia simple de DNI vigente.2. Documento que sustente la causal invocada.3. Recibo original del pago de S/ 20.81 efectuado en el Banco de la Nación por derecho de trámite (tributo 01465).

CausalesEstas pueden ser:

1. Ciudadanos que viajaron al extranjero por motivos de estudios o saludSalud (con documento emitido por alguna entidad de salud).2. Robo o pérdida del DNI (con denuncia policial).3. Fallecimiento de un familiar (padre, hijos, hermanos o cónyuge).4. Discapacidad física, mental, sensorial e intelectual.5. Entre los motivos también se encuentran por hechos los desastres naturales, error en el padrón electoral, impedimento por incidencias electorales (documento emitido por el JNE), defectos en la organización durante el desarrollo de elección (error del sistema electoral), fuerza mayor y lactancia que sólo se otorga por justificación.

Cabe señalar que la justificación se realiza cuando el ciudadano elegido como miembro titular o suplente de una mesa de sufragio no asistió a la instalación de la misma, mientras que la dispensa es cuando el ciudadano regulariza la omisión al sufragio por una causa justificada.

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