Familiares directos de Pedro Castillo fueron citados por el Ministerio Público. Foto: archivo Presidencia
Familiares directos de Pedro Castillo fueron citados por el Ministerio Público. Foto: archivo Presidencia

El abogado constitucionalista Luciano López señaló que una suspensión del presidente de la República, Pedro Castillo, sería posible solo con la vacancia por incapacidad moral permanente desde el Congreso, mas no por la vía judicial.

El diálogo con RPP, el especialista indicó que una suspensión depende de la posibilidad de que el mandatario esté sometido a juicio político. No obstante, recordó el artículo 117 de la Constitución, el cual indica los casos en los que se puede retirar al mandatario.

La suspensión deriva, como lo dice el artículo 114 de la Constitución, de la posibilidad de que el presidente esté sometido a juicio político. De ahí nuevamente regresamos al 117 que establece la inmunidad presidencial durante el mandato, salvo cuatro supuestos, que ninguno es por delitos de corrupción”, manifestó.

En ese sentido, López dijo que se debe reformar el artículo 117 de la Carta Magna, pero consideró que las fuerzas políticas no tendrían intención de hacerlo. Por tal, enfatizó en que la única forma de retirar a Castillo Terrones del poder es la vacancia en el Parlamento.

Tantas veces hemos dicho que se tiene que modificar el 117, pero las fuerzas políticas no quieren hacerlo. Nos encontramos con un arma letal, que es la vacancia por incapacidad moral. Lo cierto es que más allá de nuestras posiciones académica, teórica, sobre el particular, como ya se ha mencionado en muchas oportunidades, el Tribunal Constitucional tuvo la oportunidad de definirla, pero no lo hizo”, sostuvo.

Tras las denuncias hechas por el exministro del Interior Mariano González en contra del Gobierno por presunta obstaculización para la captura del exministro Juan Silva y otros prófugos, Luciano López puntualizó que la fiscal de la Nación puede abrir una nueva investigación preliminar.

La fiscal de la Nación puede abrir una carpeta de una nueva investigación preliminar, se puede abrir sola y exclusivamente sobre obstrucción de la justicia y presunto encubrimiento personal”, expresó el abogado.

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