Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hizo una precisión sobre la resolución emitida hoy sobre el caso de la candidatura de .

El JNE indicó que el fallo de hoy solo confirmó las Resoluciones de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, que declararon improcedentes las solicitudes de modificación de la partida electrónica de su agrupación política, Todos por el Perú.

La apelación presentada por el partido político es contra la denegatoria de la modificación del estatuto partidario, de los integrantes del Tribunal Nacional Electoral y el Comité Ejecutivo Nacional, así como del color del símbolo partidario.

"Por ello, la resolución del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones únicamente se pronuncia sobre estos temas", remarcó.

[LEA TAMBIÉN: ]

El JNE agregó que la resolución no se refiere a la inscripción de la fórmula presidencial o lista de candidatos al Congreso de la República o al Parlamento Andino del partido político Todos por el Perú.

Indicó que la fórmula de Presidente y Vicepresidentes de la República del partido político Todos por el Perú se encuentra en trámite ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1.

Mientras que las listas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino de dicha agrupación política se encuentran en calificación ante los Jurados Electorales Especiales instalados en todo el territorio nacional.

[LEA TAMBIÉN: ]

El JNE refirió que los Jurados Electorales Especiales son los órganos competentes, en primera instancia, para calificar, y, si cumplen los requisitos, admitir y publicar las listas de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, Congreso de la República y Parlamento Andino.

"En caso de que se deniegue la inscripción de un candidato o lista, las organizaciones políticas pueden apelar dicha decisión ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, quien resuelve en última y definitiva instancia", subrayó el JNE.