(Foto: USI)
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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para la alcaldía de Lima del partido Democracia Directa, luego de que esta organización política presentó la documentación complementaria solicitada por este órgano electoral, por requerimiento del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

En su resolución, el organismo electoral de primera instancia concede dos días de plazo perentorio a dicha agrupación para subsanar las observaciones que recaen sobre la lista, por incumplimiento de requisitos de algunos postulantes de dicha nómina, en el marco del proceso electoral del 7 de octubre próximo.

Reserva, además, la admisibilidad de la lista completa y de los demás candidatos que sí cumplieron con la formalidad de presentar los requisitos de ley, a fin de disponer una sola publicación de la nómina, conforme a la normativa vigente.

El legajo adicional fue sustentado oralmente el último sábado a pedido de ese partido, en audiencia pública concedida por el JEE de Lima Centro a fin de garantizar el derecho de defensa y el debido proceso que asiste a todo ciudadano.

La información presentada tuvo por finalidad establecer si el proceso de elección interna de la lista de candidatos de esa agrupación, que encabeza Enrique Cornejo, fue realizado sin transgredir la legislación electoral vigente.

En ese contexto se le solicitó, entre otros documentos, la copia certificada del acta de sesión del Consejo Directivo Nacional (CDN) en el que se designó al Comité Electoral Nacional (COEN), que emitió el reglamento electoral y convocó al proceso de democracia interna.

Ello se efectuó en cumplimiento de resolución N°482-2018 del Pleno del JNE, que declaró nula la resolución emitida por el JEE Lima Centro en la que se determinó la improcedencia de la inscripción de la nómina, y dispuso que el mencionado órgano electoral de primera instancia solicite la documentación faltante.

El JEE de Lima dio por levantadas las observaciones realizadas a través de la citada resolución.