Aclara posición. El precisó que, con la finalidad de continuar y no perjudicar el procedimiento de corroboración de información en el caso Odebrecht, ha decidido "por ahora" no ampliar investigación preparatoria, ni abrir investigación preliminar, tal como lo habría solicitado la para el citado caso.

Como se recuerda, esta instancia pidió en reiteradas ocasiones que en la investigación preparatoria respecto a la Línea 1 del Metro de Lima se incluya a José Munive Taquía, Jorge Menacho Pérez, Jorge Simoes Barata y a José Graña Miró Quesada como imputados por el delito de colusión agravada.

A la par también ha solicitado abrir una investigación preliminar contra José Graña Miró Quesada, Fernando Gonzalo Camet Piccone, José Castillo Dibós, así como a las empresas Graña y Montero S.A.A; JJC Contratista Generales S.A e Ingenieros Civiles y Contratistas Generales SA, por el proyecto Víal Interoceánico Sur, en los tramos 2 y 3.

En esa línea, la defendió su posición aduciendo que el ciudadano brasilero, Jorge Simoes Barata, ex representante legal de en Perú, es un colaborador eficaz del Equipo Especial del Ministerio Público, por lo que ha proporcionado información que "ha permitido desplegar importantes acciones en diversos casos".

"Es importante entender que las declaraciones e informaciones proporcionadas por un colaborador eficaz deber ser sometidas a un procedimiento de corroboración, distinto en cada caso según la naturaleza de las mismas, antes de desarrollar acciones o medidas concretas", refirió la instancia judicial en un comunicado publicado en redes sociales.

Ante lo cual, precisó que los pedidos de la se sustentan fundamentalmente en la declaración de Simoes Barata, en el extremo específico del presunto conocimiento de las empresas que formaron el consorcio con Odebrecht en el pago de sobornos a funcionarios públicos.

La decisión de la Fiscalía, refiere el comunicado, no significa "un cierre definitivo de la posibilidad de comprender a más presuntos implicados en la investigación, sino que ella responde a la necesidad de preservar la unidad y la eficacia de la investigación, así como la reserva del proceso especial de colaboración eficaz y mantener la protestad persecutoria del delito en el ámbito del Ministerio Público, de conformidad con los mandatos de la Constitución Política".