Nakazaki aclaró que ahora tras el pronunciamiento del TC, ya no existe ninguna otra instancia donde se pueda recurrir. (Foto: Archivo El Comercio)
Nakazaki aclaró que ahora tras el pronunciamiento del TC, ya no existe ninguna otra instancia donde se pueda recurrir. (Foto: Archivo El Comercio)

Luego que el ordenó este martes la liberación del expresidente , el abogado dijo que este fallo debe ser acatado, por lo que el debe proceder con la excarcelación.

“El auto del TC da cuenta que el 30 de noviembre, la defensa del expresidente Fujimori interpuso un recurso de reposición para que sea el mismo el que ejecute la decisión que restablece los efectos del indulto humanitario. Entonces, el Tribunal Constitucional ha declarado fundado el recurso de reposición y ha decidido ejecutar directamente la ejecución, restableciendo los efectos del indulto humanitario que en su momento el presidente [Pedro Pablo] Kuczynski otorgó al expresidente Fujimori. Lo que queda es ordenar su excarcelación y a eso es lo que se está procediendo”, explicó en entrevista a Canal N.

Nakasaki también aclaró que ahora tras el pronunciamiento del TC, ya no existe ninguna otra instancia donde se pueda recurrir. Coincidió con Elio Riera, abogado del expresidente , respecto a que .

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“El examina que la resolución de supervisión que dio la Corte Interamericana no impide la ejecución de una sentencia del Tribunal Constitucional o sea da razones por las cuales una resolución de supervisión de la Corte Interamericana no puede surtir efectos en el Perú para dejar sin efecto una sentencia del TC. Ya el Tribunal Constitucional le ordena directamente al la excarcelación, y es lo que procede en este momento, apuntó.

“Lo que dice el Tribunal Constitucional en materia de supervisión, la si aprecia que un Estado no cumple con sus decisiones lo único que puede hacer es informar a la OEA, pero no puede ordenarle al Estado. Acá está marcando jurisprudencia por primera vez donde analiza el alcance de la supervisión de la Corte respecto a los estados [...] vía supervisión, no puede ordenar la Corte al Estado, menos a un Tribunal Constitucional que deje sin efecto su sentencia”, remarcó.

El ordenó hoy la liberación del expresidente Fujimori, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó lo contrario el año pasado.

“Este Tribunal Constitucional ordena que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el director del Penal de Barbadillo (donde permanece recluido), en el día, dispongan la inmediata libertad del favorecido, Alberto Fujimori”, reza un auto del TC.

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