ATU sostiene que, a efectos de sincerar la información vinculada a los títulos habilitantes otorgados, se establecerá un registro virtual en donde los operadores ingresen su información en los plazos establecidos en el calendario que forma parte de la resolución.
ATU sostiene que, a efectos de sincerar la información vinculada a los títulos habilitantes otorgados, se establecerá un registro virtual en donde los operadores ingresen su información en los plazos establecidos en el calendario que forma parte de la resolución.

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), fijó hasta el 31 de octubre de 2020 como la fecha límite para las autorizaciones de rutas que prestan el servicio de transporte regular y especial de personas, en tanto se emitan los nuevos reglamentos para estos servicios en el primer trimestre de 2020.

Dicha medida se estableció mediante la , salvo aquellos cuya culminación fue resultado por imposición de sanción, medida complementaria, o medida correctiva, u otra que contravenga las condiciones de acceso y permanencia.

ATU sostiene que, a efectos de sincerar la información vinculada a los títulos habilitantes otorgados, se establecerá un registro virtual en donde los operadores ingresen su información en los plazos establecidos en el calendario que forma parte de la resolución.

“No obstante, iniciaremos un proceso de verificación de la información recibida de las gerencias de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y Municipalidad Provincial del Callao (MPC), para comprobar que los operadores del servicio de transporte terrestre cumplan con las exigencias estipuladas en la normativa vigente” , señaló María Jara, presidenta de la ATU.

María Jara, presidenta de ATU (Foto: GEC)
María Jara, presidenta de ATU (Foto: GEC)

Entre las condiciones básicas que se verificarán para la permanencia de las autorizaciones rutas se comprobarán que cuenten con SOAT vigente, inspección técnica vehicular aprobada, realizar el servicio con vehículos autorizados, que se cuente con el 65% de unidades de la flota requerida y que cumplan con la ruta autorizada.

De no cumplir con alguna de estas condiciones, la ATU iniciará los procesos administrativos sancionadores que podrían conllevar a la suspensión o cancelación de las rutas.