(Foto: referencial)
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo () aprobó este jueves el “Protocolo sanitario sectorial ante el para turismo de aventura, canotaje y caminata”, mediante Resolución Ministerial Nº 171-2020-Mincetur, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La norma indica que las actividades de turismo de aventura, canotaje y caminata podrán volver a operar en el marco de la tercera fase de reactivación económica aprobada por el Gobierno. La fase 3 .

En tal sentido, es importante mencionar que han quedado excluidas de la implementación de la tercera fase de reactivación económica, las actividades que se desarrollan en siete regiones: Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.

Este protocolo establece diversas medidas preventivas sanitarias con el único objetivo de salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios.

De este modo, se establecen disposiciones de higiene y saneamiento; uso de equipos de protección; protocolos en áreas de atención, áreas administrativas y áreas operativas; designación de personal para actividades de identificación de sintomatología; entre otros considerandos.

Cabe mencionar que antes de la apertura, los establecimientos de hospedaje deben elaborar su Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo. Asimismo, remitir el referido plan vía correo electrónico al Ministerio de Salud, a la dirección electrónica: .

En ese sentido, el Mincetur invocó a los gobiernos regionales y locales a monitorear el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el protocolo.

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