Por Alejandra Santistevan de las Casas
Abogada asociada del Estudio Muñiz
Los accionistas que invierten en un negocio buscan obtener ganancias a través de este. En los inicios, lo usual es que los mismos accionistas estén involucrados en el día a día de la empresa, pero conforme la empresa va creciendo, muchas veces dejan de ser quienes se encargan de administrar el negocio y nombran un directorio en el que de alguna manera delegan la gestión de este.
Por definición, los directores son independientes y ejercen sus actividades como ordenados comerciantes. Considerando que los directores son elegidos y removidos por los accionistas, se podría presumir erróneamente que la junta de accionistas gobierna el directorio. La junta y el directorio son órganos independientes que tienen una regulación particular sobre la forma de ejercer sus funciones. El directorio no representa a los accionistas, sino a la sociedad, y es responsable del interés de esta, más allá de lo que quieran u opinen los accionistas, incluso tomando en cuenta que ellos los eligieron.
No es descabellado intuir que muchas veces los directores son elegidos, además de sus capacidades profesionales, por una larga amistad con ciertos accionistas. Entonces, los directores podrían pretender favorecer los intereses de los accionistas que los pusieron en ese lugar. Si bien, en algunos casos, estos puedan caer en la tentación de protegerlos sobreponiendo el interés de la empresa. Los deberes fiduciarios a los que se deben los directores son la esencia de sus obligaciones y responsabilidades siendo el estándar cada vez más elevado. Por lo tanto, los directores pueden tener un lazo muy fuerte de amistad con los accionistas, pero esto no debiera interponerse sobre los intereses de la empresa en ninguna circunstancia.
Las consecuencias para los directores de no respetar el deber de diligencia y no prever los potenciales conflictos de intereses son muy graves, ya que podrían incurrir en responsabilidad si realizan acciones que generen u oculten situaciones de conflicto de intereses que afecten a la empresa. Estos conflictos podrían terminar en sanciones legales dentro de la normativa societaria, civil, tributario, laboral e inclusive penal.
Por eso es importante tener en cuenta cuáles son los objetivos de un director, frente a la empresa y no a los accionistas. Entre estos resalta el de velar por el cumplimiento de la misión de la empresa, impulsar y supervisar a las gerencias (incluido el gerente general) para su correcto desarrollo; así como cuidar los intereses de los stakeholders. Sin embargo, la realidad nos ha hecho ver que muchas veces el directorio es un anexo de la junta general de accionistas y que, en algunos casos, esto genera que se pierda el sentido de la existencia del directorio y actúen casi como un mismo órgano social. Este paradigma de la luna de miel perpetua entre los directores y accionistas debe romperse por el bien de la empresa.
En los últimos años se ha dado a conocer la importancia del director independiente y se ha visto que muchas empresas han optado por la elección de estos directores. El director independiente no es otra cosa que aquel director que no ostenta mayor relación con la sociedad que su participación en el directorio; y que no recibe compensaciones por parte de la empresa, salvo aquellas por ejercer el cargo. Entonces, al margen de la obligatoriedad que pueda existir para cierto tipo de empresas de incluir en su directorio un director independiente, pareciera que convocar directores independientes para que conformen el directorio de la empresa es una buena idea para el manejo objetivo de la sociedad.