La creación de la Superliga y las sanciones que la UEFA se plantea aplicar a Real Madrid, Barcelona y Juventus de Turín, que podrían quedar excluidos de la Liga de Campeones, ha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea un expediente que puede crear un terremoto jurídico con implicaciones más profundas que el caso “Bosman”.
Aquella célebre causa de los años noventa, que equiparó a futbolistas comunitarios con trabajadores normales, “sólo” causó la liberalización del mercado laboral, mientras que con la batalla legal de la Superliga abarca al negocio multimillonario de la producción de todo el fútbol europeo.
El dossier de la Superliga puede trascender al estricto ámbito del Derecho de la competencia y llegar a cuestionar el alcance del Tratado de Funcionamiento de la UE en cuanto al deporte, según distintos expertos consultados por Efe, que trazan varios caminos por los que podría discurrir el conflicto.
La vía amistosa
Tras el anuncio de la creación de la Superliga el pasado abril, los doce clubes fundadores de la competición -los tres citados más Atlético de Madrid, Manchester United, Manchester City, Chelsea, Liverpool, Arsenal, Tottenham, Inter de Milán y Milán- pidieron protección al juzgado número 17 de lo mercantil de Madrid.
La defensa de la Superliga está encabezada por el despacho Clifford Chance y nutrida por el asesor externo de Roca y Junyent Jean-Louis Dupont, artífice del “caso Bosman” y del “caso Meca Medina”, y también por el experto belga Martin Hissel.
El magistrado Manuel Ruiz de Lara dictó medidas cautelares, prohibiendo a la UEFA y a la FIFA sancionar a los clubes o jugadores involucrados, mientras hubiera un procedimiento judicial en curso. Sin embargo, la UEFA anunció a finales de mayo que abría expediente disciplinario a los tres clubes que no se retractaron.
Además, cuando el juzgado madrileño envió varias preguntas prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE interesándose por el alcance de la normativa comunitaria sobre abuso de posición dominante y sobre libertades de circulación de servicios, capitales y trabajadores, la UEFA avisó de que “defenderá con firmeza” su posición.
La vía amistosa requeriría que el organismo privado que dirige el esloveno Aleksander Ceferin estuviera dispuesto a dialogar y que la Comisión Europea, “en base a sus poderes en materia de competencia, siente a todo el mundo y se busque una vía equilibrada pero innovadora” en torno a “un proyecto que visto desde fuera se parece más bien a un esbozo para abrir un debate que a un producto acabado”, dice el abogado Sébastien Engelen.
Ese letrado, que ganó un caso parecido ante la Autoridad Belga de la Competencia contra la Fédération Equestre Internationale, considera que, al amenazar con la exclusión de la “Champions”, la UEFA pone “una pistola económica de 200 millones contra la cabeza de cada club y complica la renovación de contratos tanto con jugadores, por ejemplo el de Messi, como con patrocinadores”.
“Y con esta pistola dice al club que retire sus demandas. A primera vista, es una amenaza de boicot y por lo tanto un claro abuso de posición dominante”, señala.
La justa competencia
Los juristas consultados se fijan en la sentencia del Tribunal General de la UE de diciembre del 2020 sobre una competición de patinaje que intentó organizar una sociedad coreana en Dubái en el 2014.
La prueba se convocó al margen de la Unión Internacional de Patinaje (UIP), cuya normativa preveía exclusión vitalicia de los deportistas que participasen en torneos que esta no hubiese autorizado.
Pero la Comisión Europea y el Tribunal General de la UE dieron la razón a dos patinadores holandeses que denunciaron el caso: la UIP restringía la libre competencia de otras empresas al privarles de deportistas y sus sanciones eran “desproporcionadas”.
“La UEFA tendría que hacer modificaciones reglamentarias” para que los clubes sepan a qué sanciones concretas se pueden enfrentar, explica la especialista en derecho deportivo Irene Aguiar.
Otro elemento que puede ser clave en la causa de la Superliga, agrega Aguiar, es el del nadador español David Meca, inhabilitado por la Federación Internacional de Natación (FINA) durante cuatro años por un positivo por nandrolona, sanción que el Tribunal de Arbitraje Deportivo redujo a dos.
La Justicia europea sentenció en el 2006 que la FINA podía aplicar esa sanción, aunque fuera dura, porque perseguía el “objetivo legítimo” de acabar con el dopaje porque “el deporte no es una actividad cualquiera y se le reconoce una función social”, razona Aguiar.
Los cimientos jurídicos
El debate en la corte de Luxemburgo discurrirá también sobre el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que señala que “la UE contribuye a la promoción de las cuestiones deportivas europeas, teniendo en cuenta sus especificidades, sus estructuras basadas en el voluntariado y su función social y educativa”.
“No dice que la FIFA y la UEFA tengan una función socio-educativa, sino que la tiene el deporte”, precisa Engelen, quien agrega que ese proyecto “no afecta a las ligas nacionales, ya que no toca estas fechas y ya que los clubes de la Superliga siguen participando en su liga nacional” y “tampoco afecta a las competiciones entre selecciones nacionales ni impide a la UEFA seguir organizando su ‘Champions’”.
Según los promotores de la Superliga, esta competición repartiría más dinero a los clubes pequeños: 750 millones de euros frente a los 250 millones del sistema de la UEFA.
El profesor asociado de la Escuela Erasmus de Economía de Rotterdam Thomas Peeters y experto en mercados deportivos comenta que cree posible que la Superliga les aporte más ingresos a los clubes pequeños ya que con el sistema UEFA no les cae “mucho dinero en el bolsillo”.
“Pero lo importante no es cuánto dinero ingresa un club, sino la distancia entre grandes y pequeños”, precisa.
El académico sostiene que la Superliga podría impulsar a equipos de ciudades grandes o medianas pero situadas “en países con mercados audiovisuales muy pequeños”, como Dublín, Praga o Estocolmo, ya que su actuación no estaría limitada a sus fronteras nacionales como en el modelo UEFA, lo que podría reforzar “la identidad europea”.
“Si la Superliga gana la batalla judicial pondrá a la UEFA en una situación aún más complicada” porque “tendrá aún menos poder para amenazar a los clubes”, dice Peeters.
El profesor, que cree que el proyecto se inspira en la NBA pero no tiene en cuenta que en esa liga de baloncesto “hay mucha redistribución entre clubes y sistemas para ayudar a los pequeños a ser competitivos”, también echa de menos un sistema de ascensos y descensos.
Engelen también considera que la competición tendría que mejorar en ese aspecto, pero señala que la apertura de la Liga de Campeones de la UEFA es más teórica que real porque “para todos los clubes de todas la ligas pequeñas, unos 45 fuera de los 55 países miembros de UEFA, la perspectiva de acceso a la ‘Champions’ sólo existe sobre el papel”.
El fantasma de la cárcel
Entre otras posibles derivadas del caso, además de una eventual implicación del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) de Laussana, se pueden vislumbrar, además, consecuencias penales.
El artículo 181 del código penal de Suiza, donde está radicada la UEFA, contempla hasta tres años de prisión para quien cometa una coacción, es decir, amenace a alguien para obligarle “a hacer, no hacer o dejar de hacer un acto”.
El penalista suizo Loïc Parein se muestra “escéptico” y explica que los medios empleados “deben ser ilegales” por lo que si “las sanciones impuestas a los clubes son conforme a Derecho, en particular al Derecho asociativo de la UEFA, su imposición no puede ser de esta naturaleza”.
Sin embargo, el abogado suizo especializado en Derecho deportivo Alexandre Zen-Ruffinen, transmite que utilizar “poderes disciplinarios y amenazas de boicot” para forzar a los clubes a renunciar a un “proceso judicial significa perseguir un objetivo ilegal y por lo tanto constituye un caso flagrante de coacción” en el sentido de ese artículo.
“El libre acceso al juez es un derecho fundamental, esencia misma del Estado de derecho”, subraya, por su parte, el profesor de Derecho Penal de la Universidad de Ginebra, Yvan Jeanneret, quien explica que está “infracción penal” es atribuible “a cualquier miembro de la UEFA que colabore activamente en el procedimiento sancionador”.