El gobernador Ron DeSantis firmó una ley que facilitará el pago gubernamental de varios ciudadanos en Florida (Foto: AFP)
El gobernador Ron DeSantis firmó una ley que facilitará el pago gubernamental de varios ciudadanos en Florida (Foto: AFP)

Acudir a una ventanilla para pagar determinadas obligaciones públicas ya no será indispensable en Florida desde 2027. Una ley firmada por el gobernador Ron DeSantis exigirá a los gobiernos locales y a distintas oficinas habilitar cobros por internet, además de aceptar medios electrónicos. El cambio facilitará que los residentes abonen impuestos, multas y ciertos cargos administrativos ante su ciudad, el condado o el recaudador, conocido como Tax Collector, sin trasladarse únicamente para completar la transacción. La medida, sin embargo, no incluye a los comercios privados ni garantiza operaciones libres de comisiones.

La medida, identificada como , entrará en vigor el 1 de enero del siguiente año, es decir, en unos cuantos meses nada más. Su alcance comprende municipios, distritos especiales y diversas dependencias de los condados. Aunque la legislación ya autorizaba estas modalidades de cobro, ahora las convierte en un requisito, salvo cuando otra disposición exija una alternativa diferente.

¿QUÉ ESTABLECE LA LEY HB 967 FIRMADA POR DESANTIS?

La norma modifica la sección 215.322 de los Estatutos de Florida, relacionada con la aceptación de tarjetas y transferencias electrónicas por parte de organismos públicos.

El cambio central consiste en sustituir una autorización por una obligación: las entidades locales comprendidas deberán admitir los instrumentos contemplados para cobrar las cantidades que se les adeuden. Además, tendrán que disponer de un mecanismo para procesar esas transacciones por internet.

Esto no significa que todos los trámites pasarán a ser completamente digitales. La exigencia se refiere al abono correspondiente, no necesariamente a la entrega de documentos, las comparecencias ni otras etapas administrativas.

Desde enero de 2027, algunos pagos gubernamentales en Florida se podrán realizar de manera digital (Foto: Magnific)
Desde enero de 2027, algunos pagos gubernamentales en Florida se podrán realizar de manera digital (Foto: Magnific)

¿EN QUÉ OFICINAS PÚBLICAS SE APLICARÁ?

La no impone nuevas condiciones de cobro a supermercados, restaurantes, gasolineras o tiendas privadas. Sus requisitos se concentran en las siguientes entidades:

  • Gobiernos municipales: administraciones de ciudades y municipios.
  • Autoridades de los condados: incluidas las juntas de comisionados y otros órganos de gobierno.
  • Distritos especiales: entidades públicas creadas para prestar servicios específicos.
  • Secretarías de los tribunales de circuito: conocidas como Clerks of the Circuit Court.
  • Oficinas del sheriff.
  • Tasadores de propiedades: identificados como Property Appraisers.
  • Recaudadores de impuestos: denominados Tax Collectors.
  • Supervisores de elecciones: reconocidos como Supervisors of Elections.

Los nombres en inglés ayudan a identificar la dependencia correspondiente en una factura, una notificación o el portal del condado. Para los lectores hispanohablantes, esa referencia permite relacionar la información de esta nota con los rótulos utilizados por cada organismo.

La inclusión en el listado no implica que todas esas instituciones recauden los mismos conceptos. Cada una deberá aceptar las cantidades que le correspondan según sus competencias.

¿QUÉ MÉTODOS DE PAGO DEBERÁN ACEPTAR LOS GOBIERNOS LOCALES?

El texto legislativo contempla cuatro modalidades para cumplir con las obligaciones económicas ante las entidades incluidas:

MétodoQué permite
Tarjetas de créditoAbonar el importe mediante una línea de financiamiento.
Tarjetas de cargoUtilizar instrumentos de la modalidad denominada charge cards.
Tarjetas de débito bancariasDescontar el dinero de la cuenta asociada.
Transferencias electrónicas de fondosEnviar recursos por medios digitales.

A esta exigencia se suma la disponibilidad de un canal por internet. Sin embargo, la disposición no crea una plataforma única para todo Florida ni identifica una aplicación estatal que los residentes deban descargar.

También existe una excepción: cuando otra ley establezca una forma específica de abono, ese requisito conservará su vigencia.

¿PAGAR POR INTERNET TENDRÁ CARGOS ADICIONALES?

Es posible. La legislación mantiene la autorización para que los gobiernos locales trasladen al usuario determinados costos de procesamiento asociados con las modalidades electrónicas.

Ese recargo podrá cubrir las comisiones de instituciones financieras, proveedores tecnológicos o compañías de tarjetas. Por lo tanto, disponer de una opción digital no garantiza que utilizarla resulte gratuito.

La disposición menciona los siguientes conceptos:

  • Impuestos.
  • Tarifas por licencias.
  • Matrículas o pagos de enseñanza, conocidos como tuition.
  • Multas.
  • Sanciones civiles.
  • Obligaciones ordenadas por los tribunales.
  • Costos judiciales.
  • Otros ingresos establecidos por ley.

Antes de confirmar una transacción, conviene revisar el total y comprobar si incluye una comisión. La ampliación de alternativas facilita el acceso, pero no elimina necesariamente los gastos asociados al servicio.

El gobernador Ron DeSantis aprobó esta ley el pasado 26 de junio de este año (Foto: AFP)
El gobernador Ron DeSantis aprobó esta ley el pasado 26 de junio de este año (Foto: AFP)

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA NUEVA LEY DE FLORIDA?

Ron DeSantis aprobó la medida el 25 de junio de 2026. Al día siguiente quedó registrada como capítulo 2026-169, mientras que su entrada en vigor está fijada para el 1 de enero de 2027.

Desde esa fecha, las entidades comprendidas deberán cumplir con los requisitos de aceptación electrónica y ofrecer un mecanismo de cobro en línea, con las excepciones previstas.

InformaciónDetalle
Identificación legislativaCS/HB 967
TemaPagos electrónicos a gobiernos locales
Número de capítulo2026-169
Gobernador que la aprobóRon DeSantis
Fecha de aprobación25 de junio de 2026
Entrada en vigor1 de enero de 2027
Estatuto modificadoSección 215.322 de los Estatutos de Florida
Excepción principalCasos en los que otra disposición exija una modalidad diferente

La iniciativa recibió 110 votos favorables en la Cámara de Representantes y 33 en el Senado estatal. No hubo sufragios en contra entre quienes participaron en las votaciones finales.

¿QUÉ REVISAR ANTES DE COMPLETAR UNA TRANSACCIÓN?

Los residentes que tengan una obligación pendiente con su ciudad, condado o alguna de las dependencias incluidas pueden comprobar estos puntos:

  1. Identificar el organismo al que corresponde abonar el importe.
  2. Consultar qué canal digital tiene habilitado.
  3. Revisar si existe una comisión por procesamiento.
  4. Confirmar si alguna disposición exige utilizar una modalidad distinta.

No será necesario esperar hasta enero para aprovechar una alternativa que ya esté disponible. La novedad consiste en convertir esa posibilidad en una exigencia legal para las administraciones comprendidas, sin extenderla a los negocios privados ni garantizar que toda gestión pueda resolverse desde casa.