
Desde el 1 de octubre de 2026, Florida contará con un nuevo delito relacionado con la obtención fraudulenta de viviendas en alquiler. La ley CS/HB 1293, aprobada por la Legislatura y firmada por el gobernador Ron DeSantis, sanciona la entrada y toma de posesión de una propiedad residencial mediante el uso deliberado de una identidad falsa o documentos fraudulentos presentados al dueño. La medida alcanza a quienes soliciten un apartamento, una casa o una habitación en renta en cualquier parte del estado, incluido el sur de Florida, Orlando, Tampa y Jacksonville, donde es habitual que los propietarios soliciten identificación, licencia de conducir, comprobantes de empleo y estados de cuenta. La disposición no penaliza equivocaciones involuntarias al completar una solicitud: exige que la conducta sea consciente y voluntaria. Además, aunque la infracción puede estar vinculada con una pena máxima de hasta cinco años de prisión, ese castigo no se aplica de manera automática en todos los casos.
La disposición quedó incorporada como la sección 817.537 de los Estatutos de Florida bajo el nombre de fraudulent entry of a residential dwelling unit, que puede traducirse como entrada fraudulenta a una unidad residencial.
La legislación convierte esa acción en un delito grave de tercer grado, conocido en inglés como felony of the third degree. Según las normas penales estatales, esa categoría puede implicar una condena de hasta cinco años de prisión.
¿QUÉ PROHÍBE LA NUEVA LEY?
Desde el 1 de octubre, una persona no podrá entrar y ocupar un inmueble residencial si utiliza de manera consciente y voluntaria alguna forma de engaño vinculada con su identidad o los documentos presentados durante el proceso de renta.
La medida contempla tres conductas principales:
- Hacer, o provocar que se haga, una declaración materialmente falsa por escrito sobre la identidad del solicitante en una aplicación de alquiler.
- Entregar al dueño del inmueble documentos falsificados, ficticios o falsos.
- Hacerse pasar por otra persona cuyo nombre aparece en una solicitud para firmar el acuerdo o tomar posesión de la propiedad.
El estatuto menciona algunos de los papeles que pueden ser relevantes en una investigación por este tipo de fraude.
| Documento mencionado en la ley | Ejemplo habitual en una solicitud de alquiler en Florida |
|---|---|
| Licencia de conducir | Driver license de Florida u otro estado |
| Tarjeta de identificación | Identification card estatal |
| Estado de cuenta bancario | Bank statement |
| Comprobante de pago | Paystub o talón de pago |
La enumeración no es cerrada. La redacción legal usa una fórmula equivalente a “incluyendo, entre otros”, por lo que la evaluación dependerá de los documentos presentados y de las circunstancias de cada situación.
NO SE TRATA DE CUALQUIER ERROR
Este es uno de los puntos que deben tener presentes quienes llenen una aplicación de renta en Florida, ya sea de forma directa con un arrendador, mediante una inmobiliaria o en una plataforma digital.
La norma no establece que una persona cometa un delito por equivocarse al escribir una fecha, presentar un documento vencido o incluir un dato que pueda ser corregido. La sección 817.537 exige que la conducta se realice “knowingly and willfully”, una expresión que se refiere a actuar con conocimiento y voluntad para entrar y tomar posesión de la unidad residencial por medio de los actos prohibidos.
Cuando se trata de una declaración por escrito, además, la falsedad debe estar relacionada con la identidad. Usar el nombre de otra persona, entregar una identificación alterada o modificar un comprobante de ingresos son escenarios distintos a una equivocación involuntaria al completar la solicitud.
¿POR QUÉ SE HABLA DE CINCO AÑOS DE PRISIÓN?
La HB 1293 no dice de forma literal que la sanción será de cinco años. Su función es crear el nuevo delito y clasificarlo como un felony de tercer grado.
Luego, el texto remite a las secciones 775.082, 775.083 y 775.084 de los Estatutos de Florida para establecer las consecuencias correspondientes. La sección 775.082(3)(e) señala que un delito grave de tercer grado puede ser castigado con una pena de prisión que no exceda los cinco años.
| Punto | Qué establece |
|---|---|
| Nueva ley | CS/HB 1293 |
| Nueva sección legal | 817.537 de los Estatutos de Florida |
| Conducta | Entrada y toma de posesión fraudulenta de una vivienda residencial |
| Clasificación | Delito grave de tercer grado |
| Máximo de prisión | Hasta 5 años |
| Norma que fija el máximo | Sección 775.082(3)(e) |
| ¿La HB 1293 dice directamente “5 años”? | No |
La forma más precisa de explicarlo es la siguiente: una persona acusada y condenada por este delito puede enfrentar hasta cinco años de prisión, debido a que se trata de un felony de tercer grado. Eso no significa que todas las condenas terminen con esa pena máxima.
LA SANCIÓN NO ES AUTOMÁTICA
Afirmar que una persona recibirá cinco años de cárcel sería incorrecto. La legislación fija un tope para esa clasificación penal, mientras que la pena final dependerá de los hechos del caso, las reglas de sentencia aplicables y las decisiones judiciales.
La sección 775.082 también establece que el Código de Castigo Penal de Florida se aplica a los delitos graves cometidos desde el 1 de octubre de 1998. Asimismo, contempla disposiciones especiales para determinadas situaciones de reincidencia.
Por esa razón, las expresiones más adecuadas para una publicación informativa son las siguientes:
- “Puede enfrentar hasta cinco años de prisión”.
- “La pena máxima para esa categoría es de cinco años”.
- “La conducta está clasificada como un delito grave de tercer grado”.
No sería correcto decir que una persona acusada bajo esta disposición recibirá obligatoriamente cinco años de prisión.
¿QUÉ PASA CON EL CONTRATO DE ALQUILER?
La CS/HB 1293 no se limita al aspecto penal. También modifica la sección 83.56 de los Estatutos de Florida, que regula la terminación de los contratos de arrendamiento.
La entrada fraudulenta a una unidad residencial queda incluida entre los incumplimientos que, por su naturaleza, no permiten al inquilino corregir la conducta antes de que el propietario termine el acuerdo.
En esa situación, el dueño puede entregar una notificación escrita de terminación. A partir de la entrega del aviso, el residente tiene siete días para desocupar el inmueble.
| Situación | Consecuencia prevista |
|---|---|
| Uso deliberado de identidad falsa, documentos alterados o suplantación para obtener una vivienda | Posible cargo por delito grave de tercer grado |
| Pena máxima aplicable a esa categoría | Hasta 5 años de prisión |
| Fraude vinculado a un contrato de renta | Causa para finalizar el acuerdo sin oportunidad de corregir |
| Plazo indicado en el aviso de terminación | 7 días para desocupar |
| ¿Debe existir primero un proceso penal? | No necesariamente |
El aviso de siete días no autoriza al propietario a sacar a una persona por cuenta propia, cambiar cerraduras o retirar pertenencias. La ley regula la terminación del contrato y el plazo para abandonar el lugar; cualquier disputa posterior sobre la posesión debe cumplir con el procedimiento legal correspondiente.
¿QUÉ DEBEN REVISAR INQUILINOS Y PROPIETARIOS?
Para muchas familias hispanas en Florida, alquilar una vivienda implica reunir documentos de empleo, comprobantes de ingresos, extractos bancarios, identificación y referencias. Esto es frecuente en mercados con rentas altas, como el sur del estado, Orlando y Tampa Bay. La nueva norma vuelve todavía más importante que la información entregada durante la aplicación sea auténtica, consistente y verificable.
Para inquilinos
- Revisar que el nombre, la fecha de nacimiento y los demás datos personales coincidan con los documentos entregados.
- No utilizar identificaciones, talones de pago, estados de cuenta ni información que pertenezca a otra persona.
- Conservar copias de la solicitud, el contrato y los archivos enviados al propietario o administrador.
- Pedir por escrito cualquier comunicación sobre una supuesta irregularidad.
- Buscar asesoría legal si reciben una notificación de terminación del alquiler o un aviso relacionado con fraude.
Para propietarios
- Verificar de forma uniforme la identidad y los documentos entregados por los solicitantes.
- Mantener registros de aplicaciones, avisos y comunicaciones relevantes.
- Entregar la notificación escrita que exige la ley si se alega una entrada fraudulenta.
- No confundir la posibilidad de terminar un contrato con el derecho a realizar un desalojo por cuenta propia.
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR?
La CS/HB 1293 entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Desde esa fecha, Florida contará con una disposición específica para sancionar a quienes obtengan una vivienda residencial mediante ciertos mecanismos de fraude documental o de identidad.
LO MÁS IMPORTANTE
- Ley: CS/HB 1293.
- Fecha de entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.
- Nuevo delito: entrada fraudulenta a una vivienda residencial.
- Conductas incluidas: falsedad material sobre la identidad en una solicitud, presentación de documentos falsificados, ficticios o falsos, y suplantación de identidad.
- Clasificación: delito grave de tercer grado.
- Prisión: hasta cinco años como máximo, conforme a la sección 775.082.
- Contrato de alquiler: el propietario puede terminarlo mediante aviso escrito y otorgar siete días para desocupar.
- Aclaración esencial: la ley no convierte cualquier equivocación en una aplicación en un delito; exige una conducta consciente y deliberada.
En definitiva, Florida tendrá desde octubre una disposición dirigida a quienes obtengan una vivienda mediante fraude intencional de identidad o documentación. La consecuencia penal puede llegar a cinco años de prisión, pero esa cifra proviene de la sanción máxima aplicable a los delitos graves de tercer grado. La HB 1293 crea la infracción y establece su clasificación, mientras que la legislación penal general fija el límite de la pena.






