
El 25 de agosto de 2026 marcará un cambio en la forma en que las autoridades locales de Nueva York pueden relacionarse con ICE. A partir de esa fecha, municipios, departamentos policiales y ciertas cárceles o centros correccionales tendrán prohibido mantener o firmar acuerdos para colaborar en la aplicación civil de las leyes migratorias federales. La medida tendrá especial atención entre las familias inmigrantes de zonas como el Bronx, Washington Heights, Corona, Sunset Park y Long Island, donde las operaciones de la agencia federal han alimentado la preocupación en los últimos meses. No obstante, la norma no impide que ICE opere en el estado ni le quita sus atribuciones: su efecto se concentra en limitar el uso de personal, fondos e instituciones locales para fines de control migratorio civil.
La legislación, conocida como Local Cops, Local Crimes Act, forma parte del paquete de medidas migratorias que la gobernadora Kathy Hochul firmó el 27 de mayo de 2026. Su título sintetiza la idea de Albany: los oficiales de cada comunidad deben concentrarse en la seguridad pública y no asumir labores propias de agentes federales de inmigración.

¿QUÉ CAMBIA EL 25 DE AGOSTO?
La norma incorpora la sección 170-K a la Ley Ejecutiva de Nueva York. Prohíbe que las administraciones locales, los cuerpos policiales y ciertos establecimientos de detención celebren, renueven, modifiquen o mantengan arreglos formales o informales destinados a participar en la ejecución civil de las reglas migratorias federales.
En la práctica, una dependencia policial del estado no podrá usar un convenio con ICE para que sus oficiales desempeñen funciones reservadas a un agente federal de inmigración.
La restricción se dirige principalmente a los acuerdos 287(g), creados bajo la sección 287(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Estos mecanismos permiten que agentes estatales o municipales, con autorización, formación y supervisión federal, colaboren en determinadas tareas de control migratorio.
| Punto de la nueva ley | Qué establece |
|---|---|
| Acuerdos 287(g) | Los gobiernos y agencias locales no podrán celebrarlos, renovarlos, modificarlos ni mantenerlos |
| Participación de policías locales | No podrán actuar como agentes de inmigración federal mediante esos acuerdos |
| Detención migratoria civil | Ciertas instalaciones locales no podrán usarse para alojar a personas detenidas exclusivamente por infracciones civiles de inmigración federal |
| Recursos públicos | No podrán utilizarse para financiar o beneficiar instalaciones privadas de detención migratoria |
| Nuevas instalaciones privadas | Se exige un proceso público antes de aprobar permisos o cambios de zonificación en determinados casos |
| Investigaciones criminales | La disposición no impide la cooperación con autoridades federales en casos penales |
| Órdenes judiciales | Las autoridades deberán cumplir mandatos judiciales y otras actuaciones exigidas por la ley |
La Oficina del Fiscal General sostiene que el objetivo es dirigir los fondos y el personal de las ciudades y condados hacia la protección de los residentes, sin incorporarlos a la ejecución de la política migratoria civil de Washington.
¿QUÉ PASA CON LOS CONVENIOS VIGENTES?
Este es uno de los aspectos más relevantes de cara al 25 de agosto. La Fiscalía General de Nueva York notificó el 24 de julio a 12 organismos locales que entonces conservaban acuerdos 287(g) con ICE. Según el estado, esos pactos deben finalizar antes de la entrada en vigor de la regulación.
A mediados de agosto, Hochul y la fiscal general Letitia James informaron que cinco de esas 12 entidades habían comunicado su intención de acatar la exigencia. Siete aún debían formalizar el cierre de sus vínculos, entre ellas la Oficina del Sheriff del Condado de Nassau y el Departamento de Policía de Nassau, en Long Island.
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 27 de mayo de 2026 | Hochul firma el paquete legislativo que incluye la Local Cops, Local Crimes Act |
| 24 de julio de 2026 | La Fiscalía General notifica a 12 entidades con acuerdos 287(g) |
| 25 de agosto de 2026 | Entra en vigor la sección 170-K y los convenios 287(g) vigentes deben ser terminados |
| Hasta finales de noviembre de 2026 | Puede aplicar un plazo de tres meses para concluir determinados arreglos vinculados con el alojamiento de detenidos por infracciones civiles migratorias |
El alcance también abarca arreglos no documentados. En otras palabras, la prohibición no depende de que exista un contrato titulado “287(g)”: la redacción busca impedir cualquier mecanismo mediante el cual un empleado o funcionario municipal cumpla, en los hechos, funciones reservadas al gobierno federal.
¿IMPIDE TODA COOPERACIÓN CON ICE?
No. La Local Cops, Local Crimes Act no equivale a una prohibición total de contacto, coordinación o colaboración entre autoridades del estado y agencias federales.
La diferencia central está entre aplicar normas de inmigración civil y colaborar en investigaciones penales. La iniciativa fue diseñada para impedir que policías y recursos municipales sean incorporados formalmente a tareas de control migratorio civil, pero no elimina la posibilidad de trabajar junto a organismos federales cuando exista un expediente criminal o una obligación legal válida.
La disposición conserva el cumplimiento de órdenes judiciales, órdenes de registro y otras actuaciones requeridas por normas estatales o federales. Por eso, para una persona inmigrante que vive en Nueva York, el cambio relevante no es que ICE desaparezca o deje de realizar operativos, sino que el personal local ya no podrá actuar bajo estos mecanismos como extensión de la agencia para fines de inmigración civil.
Para comunidades donde la rutina transcurre entre la escuela de los hijos, el subway, el trabajo, el negocio familiar o las actividades de la iglesia, esta distinción puede influir en la decisión de llamar al 911, reportar un delito o solicitar ayuda sin asociar automáticamente a la policía de su vecindario con el control migratorio federal.
RESTRICCIONES A CENTROS DE DETENCIÓN
La legislación va más allá de los pactos entre organismos de seguridad e ICE. También impide que las administraciones locales y las entidades alcanzadas destinen dinero, subsidios, incentivos u otros beneficios a la construcción, operación, propiedad o administración de instalaciones privadas de detención migratoria.
Asimismo, si una compañía busca levantar o reutilizar un inmueble como centro de detención, la localidad no podrá autorizar ciertas variaciones de zonificación ni emitir permisos sin un proceso previo de participación ciudadana.
Como mínimo, deberá:
- Avisar públicamente con 180 días de anticipación sobre la solicitud.
- Realizar al menos dos reuniones públicas para recibir comentarios de residentes.
- Cumplir los requisitos adicionales de zonificación, permisos y certificados aplicables.
Los municipios pueden imponer condiciones más estrictas. Por tanto, el aviso de 180 días y las dos audiencias no son un tope, sino el estándar mínimo previsto.
Existen excepciones puntuales, como los acuerdos para que hospitales o centros de salud brinden atención médica, además de ciertas funciones relacionadas con menores bajo custodia de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados, conocida en inglés como Office of Refugee Resettlement.
LA OFICINA DE CONFIANZA MIGRANTE
Para supervisar estas disposiciones, la Fiscalía General creó el Office of Immigrant Trust (OIT), una unidad estatal dentro de la División de Justicia Social. La dependencia fue presentada como la entidad encargada de recibir quejas, investigar posibles incumplimientos y adoptar medidas civiles cuando sea necesario.
Entre sus atribuciones se encuentran:
- Recibir denuncias sobre posibles infracciones.
- Investigar a organismos, empleados, contratistas y otras personas u organizaciones cubiertas.
- Revisar documentos y registros.
- Entrevistar a testigos.
- Emitir citaciones cuando corresponda.
- Presentar acciones civiles.
- Elaborar guías y recomendaciones de capacitación para entidades locales.
Su primera acción pública consistió en el envío de comunicaciones a los 12 organismos que mantenían convenios 287(g) con ICE.
¿QUÉ DEBEN SABER LOS INMIGRANTES?
La nueva regulación supone un cambio importante en Nueva York, pero no debe entenderse como una garantía de que ICE dejará de realizar operativos dentro del estado. La agencia federal conserva las atribuciones que le concede la legislación nacional.
| Antes de la entrada en vigor | Desde el 25 de agosto de 2026 |
|---|---|
| Algunas entidades locales mantenían acuerdos 287(g) con ICE | Nueva York prohíbe esos convenios y otros similares, sean formales o informales |
| Agentes municipales podían cumplir ciertas funciones migratorias federales bajo esos mecanismos | Las dependencias locales no podrán asumir esas tareas mediante dichos arreglos |
| Podían existir pactos para alojar detenidos por infracciones civiles migratorias | La norma restringe el uso de establecimientos públicos para ese fin |
| Podía haber apoyo local a instalaciones privadas de detención migratoria | Se prohíbe el respaldo financiero municipal a esos complejos |
| La colaboración con organismos federales podía adoptar diversas formas | Se mantiene el trabajo conjunto permitido en investigaciones criminales y el cumplimiento de mandatos judiciales |







