El gobernador Ron DeSantis ya había firmado con anticipación esta nueva ley (Foto: AFP)
El gobernador Ron DeSantis ya había firmado con anticipación esta nueva ley (Foto: AFP)

A partir del 1 de enero de 2027, Florida aplicará un nuevo sistema para comprobar la ciudadanía estadounidense de quienes buscan registrarse para votar y de quienes ya figuran en el padrón electoral. El cambio responde a la , promulgada por el gobernador Ron DeSantis, que ordena ampliar el intercambio de información entre organismos públicos, define los comprobantes válidos de ciudadanía y fija instancias de notificación para los casos en que la elegibilidad no pueda verificarse con los datos estatales. La medida tendrá especial relevancia para la comunidad hispana de ciudades como Miami, Orlando, Tampa y Fort Lauderdale, sobre todo para quienes se naturalizaron, cambiaron legalmente de nombre, se mudaron recientemente o necesitan actualizar su licencia e información electoral.

La medida no significa que todos los ciudadanos deban llegar al centro de votación con un pasaporte o certificado de nacimiento. Los documentos serán necesarios, principalmente, cuando el sistema estatal no pueda comprobar la ciudadanía mediante los datos disponibles o cuando exista una revisión sobre la condición electoral de un residente.

La HB 991 forma parte de una ley electoral más amplia aprobada por la Legislatura de Florida. Uno de sus cambios principales refuerza la forma en que el estado registra, verifica y actualiza la información vinculada con la ciudadanía estadounidense, requisito indispensable para participar en las elecciones.

Florida está endureciendo sus reglas electorales (Foto: AFP)
Florida está endureciendo sus reglas electorales (Foto: AFP)

¿QUÉ CAMBIARÁ CON LA HB 991?

La nueva normativa modifica varias disposiciones del Código Electoral de Florida y asigna nuevas obligaciones al Departamento de Estado, al Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida, conocido como FLHSMV, y a los supervisores de elecciones de cada condado.

Entre los cambios más importantes figuran la revisión de datos de ciudadanía, el intercambio de información entre instituciones gubernamentales y la creación de procedimientos específicos para quienes no puedan ser confirmados de forma automática.

También deberá quedar registrado en el sistema estatal de votantes el estatus legal de ciudadanía de una persona cuando esa información haya sido verificada.

Además, Florida deberá incorporar el estatus de ciudadanía en las nuevas licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas a ciudadanos estadounidenses. Esa disposición deberá implementarse, como máximo, el 1 de julio de 2027.

ESTOS SERÁN LOS DOCUMENTOS ACEPTADOS

La HB 991 establece qué comprobantes podrán presentarse ante el supervisor de elecciones cuando sea necesario demostrar ciudadanía estadounidense.

Documento¿Será aceptado como prueba de ciudadanía?
Certificado de nacimiento de Estados Unidos original o copia certificada
Pasaporte estadounidense válido y vigente
Certificado de naturalización emitido por el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.
Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero
Licencia de conducir o tarjeta de identificación de Florida que indique ciudadanía estadounidense
Identificación vigente con fotografía emitida por el gobierno federal o estatal que indique ciudadanía estadounidense
Orden de un tribunal federal que otorgue la ciudadanía estadounidense

Si el nombre legal actual de la persona es distinto al que aparece en el comprobante de ciudadanía, deberá entregar evidencia oficial del cambio. Esta situación puede presentarse después de un matrimonio, divorcio, adopción o proceso judicial.

Para quienes se naturalizaron recientemente, conviene guardar copias seguras del certificado de naturalización y revisar que la información de su licencia, identificación estatal y padrón electoral sea consistente.

¿CÓMO FUNCIONARÁ EL REGISTRO POR INTERNET?

El sistema de inscripción electoral en línea utilizará los datos de la licencia de conducir o tarjeta de identificación de Florida para confirmar información básica del solicitante, como nombre y fecha de nacimiento. A partir de 2027, esa revisión también incorporará la evidencia disponible sobre ciudadanía estadounidense.

Situación detectadaQué ocurrirá
El nombre y la fecha de nacimiento coinciden, y los registros muestran evidencia aceptable de ciudadaníaLa solicitud será enviada al supervisor de elecciones del condado
Los datos coinciden, pero el sistema no puede confirmar ciudadanía o no encuentra evidencia válidaEl supervisor de elecciones recibirá una notificación para revisar el caso
El nombre o la fecha de nacimiento no pueden verificarseEl solicitante deberá completar, imprimir, firmar y entregar un formulario al supervisor de elecciones
La persona no tiene licencia de conducir ni identificación de FloridaEl sistema permitirá preparar una solicitud para imprimir, firmar y presentar en el condado correspondiente

Que los registros no confirmen de inmediato la ciudadanía no implica que una persona pierda su derecho a inscribirse. En esos casos, el supervisor de elecciones podrá solicitar documentación adicional antes de completar el proceso.

Este punto puede afectar a residentes que se mudaron recientemente, renovaron documentos, cambiaron legalmente de nombre o realizaron su naturalización hace poco. En lugares como Miami-Dade, Broward y Orange County, donde hay una alta población nacida en el extranjero, mantener los documentos actualizados puede evitar demoras al momento de registrarse.

¿QUÉ PASARÁ SI FLORIDA NO PUEDE CONFIRMAR LA CIUDADANÍA?

Si una solicitud está completa, pero los registros del FLHSMV indican que la persona no es ciudadana estadounidense o no muestran evidencia aceptable, el solicitante deberá recibir una notificación.

A partir de ese aviso, podrá presentar ante el supervisor de elecciones uno de los documentos reconocidos por la HB 991. Una vez que entregue la prueba necesaria y se confirme su elegibilidad, podrá ser incorporado al padrón como votante activo.

Si el caso permanece pendiente el día de una elección, la legislación contempla la entrega de una papeleta provisional. Para que ese voto sea contado, el elector deberá resolver la verificación dentro del plazo establecido.

En los casos relacionados con ciudadanía, la evidencia puede presentarse hasta las 5 p.m. del segundo día posterior a la elección. Por eso, si una persona recibe una carta o aviso del supervisor de elecciones, es importante no ignorarlo y responder dentro del período indicado.

Importante: La HB 991 no obliga a todos los ciudadanos a llevar un certificado de nacimiento, pasaporte o certificado de naturalización al centro de votación. Esos documentos entran en juego cuando el estado no puede confirmar la condición de ciudadanía mediante los registros disponibles o cuando existe una revisión de elegibilidad.

FLORIDA CRUZARÁ MÁS INFORMACIÓN

La ley refuerza el intercambio de datos entre el Departamento de Estado, el FLHSMV, los supervisores de elecciones y otras entidades gubernamentales.

El Departamento de Estado podrá identificar a personas inscritas que sean consideradas potencialmente inelegibles por motivos vinculados con ciudadanía. Antes de iniciar un proceso de remoción, la agencia deberá evaluar si la información recibida resulta creíble y confiable.

Entre las fuentes de datos previstas por la norma se encuentran:

  • El Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida.
  • Agencias gubernamentales estatales y federales.
  • Información sobre personas que presentaron evidencia de no ciudadanía al obtener, renovar o reemplazar una licencia o identificación.
  • Registros de residentes que posteriormente presentaron documentación aceptable de ciudadanía.
  • Datos proporcionados por coordinadores de jurados federales en determinados casos.

El FLHSMV deberá entregar semanalmente al Departamento de Estado información relacionada con ciertos trámites de licencias de conducir y tarjetas de identificación. El objetivo es que el sistema electoral pueda detectar cambios relevantes en la condición de ciudadanía de una persona.

TAMBIÉN PODRÁN REVISAR A VOTANTES YA INSCRITOS

La HB 991 no se aplicará solamente a quienes se registren desde enero de 2027. El Departamento de Estado también podrá revisar información de personas que ya aparecen en el padrón electoral.

Sin embargo, la ley no permite eliminar automáticamente a un votante. Antes de que se produzca una remoción, el supervisor de elecciones del condado deberá cumplir un procedimiento de notificación, revisión y respuesta.

El proceso será el siguiente:

  1. El supervisor de elecciones deberá enviar una notificación por correo dentro de los siete días posteriores a recibir la información.
  2. El aviso tendrá que explicar la razón de la posible inelegibilidad.
  3. También deberá incluir los documentos utilizados para sustentar la revisión.
  4. El votante contará con 30 días para responder.
  5. La persona podrá aceptar o rechazar la información recibida.
  6. Si considera que los datos son incorrectos, podrá solicitar una audiencia.
  7. La comunicación deberá incluir la lista de documentos aceptados como evidencia de ciudadanía estadounidense.

Mientras el caso permanezca sin una resolución final, una persona que intente participar en una elección podría recibir una papeleta provisional. El sufragio solo se contará si la situación se aclara dentro de los plazos establecidos.

El gobernador Ron DeSantis firmó esta ley el 1 de abril (Foto: AFP)
El gobernador Ron DeSantis firmó esta ley el 1 de abril (Foto: AFP)

RESUMEN: LO QUE DEBES SABER

Lo que debes saber sobre la HB 991Detalle
Entrada en vigor1 de enero de 2027, salvo disposiciones con fechas específicas
Qué cambiaFlorida reforzará la verificación de ciudadanía durante el registro y la actualización del padrón electoral
Agencias involucradasDepartamento de Estado, FLHSMV y supervisores de elecciones de cada condado
Documentos aceptadosPasaporte estadounidense, certificado de nacimiento, certificado de naturalización, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero y otros comprobantes definidos por la ley
¿Habrá eliminación automática del padrón?No. La norma exige aviso, oportunidad de respuesta y procedimiento de revisión
¿Todos deberán presentar prueba de ciudadanía al votar?No. Los documentos se solicitarán cuando los registros oficiales no permitan confirmar la ciudadanía o exista una revisión
Plazo para presentar evidencia tras una papeleta provisionalHasta las 5 p.m. del segundo día posterior a la elección, en los casos contemplados por la ley