Ron DeSantis aprobó una nueva ley en Florida que endurece las normas sobre el uso de placas en Florida (Foto: AFP)
Ron DeSantis aprobó una nueva ley en Florida que endurece las normas sobre el uso de placas en Florida (Foto: AFP)

Desde el 1 de octubre de 2026, los conductores que circulan por Florida deben revisar los accesorios instalados alrededor de las placas de sus vehículos tras la entrada en vigor de la ley SB 488, aprobada por el gobernador Ron DeSantis. La norma precisa en qué situaciones un marco decorativo puede utilizarse sin problema y cuándo un borde, una cubierta u otro mecanismo puede derivar en una infracción. La medida alcanza tanto a quienes manejan diariamente por la I-95 entre Miami-Dade, Broward y Palm Beach como a los residentes de Orlando, Tampa o Hialeah que usan su automóvil para ir al trabajo. Los diseños de concesionarios, universidades, equipos deportivos o mensajes personalizados pueden mantenerse, siempre que no oculten la combinación alfanumérica ni la calcomanía de registro ubicada en la esquina superior derecha; por ello, quienes llevan adornos de los Dolphins, Heat, Inter Miami, FIU o Florida State deberían comprobar que el accesorio no cubra información esencial antes de salir a manejar.

La medida no elimina el uso de marcos en las matrículas. Su objetivo es precisar las restricciones para objetos, materiales y sistemas que cubran, modifiquen o dificulten la identificación de los datos del vehículo. También incluye disposiciones contra aparatos creados para esconder el identificador oficial, alterar su posición o impedir que pueda ser registrado correctamente.

¿QUÉ CAMBIÓ CON LA NUEVA LEY DE PLACAS?

modificó la sección 320.061 de los Estatutos de Florida, relacionada con la alteración de matrículas, permisos temporales, certificados de registro y calcomanías de validación.

La norma prohíbe cambiar la apariencia original de esos elementos. Además, impide instalar sustancias, superficies reflectantes, luces, aerosoles, recubrimientos, cubiertas u otros accesorios que afecten la lectura, el ángulo de visualización, la detección o el registro de la información oficial.

Dicho de otro modo, la matrícula debe permanecer visible e identificable. La exigencia puede tener relevancia durante una parada de tránsito, al pasar por un peaje, ingresar a un estacionamiento o circular por zonas con cámaras y lectores automáticos.

La prohibición abarca cualquier elemento que interfiera con:

  • La legibilidad de la matrícula.
  • La visibilidad desde distintos ángulos.
  • La detección de sus características o detalles.
  • La posibilidad de captar o registrar sus datos.
  • La visibilidad de la combinación alfanumérica.
  • La calcomanía de registro o validación.

¿QUÉ PARTES NO PUEDEN QUEDAR CUBIERTAS?

Elemento de la matrícula¿Puede quedar cubierto?
Número o combinación alfanuméricaNo
Calcomanía de registro o validaciónNo
Información cuya detección resulte afectadaNo
Datos que impidan registrar correctamente el vehículoNo

La legislación no obliga a retirar todos los accesorios. El criterio es que ningún borde, cubierta o adorno impida ver la información necesaria para identificar el automóvil de manera adecuada.

Está prohibido alterar las placas de los vehículos, sea cambiando el color o aplicando sprays u ocultando datos clave (Foto: AFP).
Está prohibido alterar las placas de los vehículos, sea cambiando el color o aplicando sprays u ocultando datos clave (Foto: AFP).

SÍ SE PERMITEN LOS MARCOS DECORATIVOS

Este es el punto que más interés genera entre quienes manejan en Florida. La establece expresamente que un marco o borde decorativo alrededor de la matrícula no representa una infracción por sí mismo.

Un accesorio con el nombre del dealer, una frase, un diseño deportivo o el distintivo de una universidad puede permanecer instalado si respeta las condiciones fijadas por la norma.

La regla es concreta. No puede ocultar los siguientes datos:

  • El número o combinación alfanumérica.
  • La calcomanía de registro o validación situada en la esquina superior derecha.
Tipo de accesorio o situación¿Está permitido?
Marco decorativo que deja visibles los datos requeridosSí
Borde de concesionario que cubre una letra o un dígitoNo
Adorno que tapa la calcomanía de validaciónNo
Cubierta transparente que dificulta la identificaciónNo
Material reflectante, aerosol o recubrimiento que altera la visibilidadNo

La aclaración resulta útil para las personas que conservan el marco instalado por el concesionario cuando compraron su automóvil, una práctica frecuente en el estado. Antes de salir, conviene observar el identificador de frente y desde un costado para confirmar que los caracteres y la etiqueta superior se distingan por completo.

DISPOSITIVOS PARA OCULTAR INFORMACIÓN

La legislación también modificó la sección 320.262 de los Estatutos de Florida, enfocada en los llamados license plate obscuring devices. Se trata de mecanismos destinados a tapar, encubrir o interferir con los datos que aparecen en el identificador vehicular.

La definición incluye aparatos manuales, electrónicos o mecánicos que se coloquen en un automóvil para cambiar entre dos o más identificadores, girarlos, esconderlos o afectar la posibilidad de leerlos y registrarlos.

La diferencia es importante: un borde ornamental que no cubra datos esenciales puede utilizarse. En cambio, una pieza capaz de voltear, esconder o volver ilegible la matrícula puede estar prohibida.

SituaciónRegla aplicable
Marco decorativo que no tapa información esencialPermitido
Borde que cubre parte de los caracteresNo permitido
Cubierta que dificulta identificar el vehículoNo permitido
Pintura, aerosol o recubrimiento que altera la lecturaNo permitido
Mecanismo para girar, ocultar o interferir con el identificadorProhibido

La norma contempla consecuencias más severas para quienes fabriquen, vendan o usen estos dispositivos con el fin de facilitar un delito o evitar la identificación del vehículo. La tenencia o compra de uno de estos aparatos puede constituir un delito menor de segundo grado; producirlo, venderlo o distribuirlo puede elevar la infracción a un delito menor de primer grado. Si se utiliza para ayudar a cometer un delito o evadir la detección, el caso puede escalar a un delito grave de tercer grado.

MULTAS Y SANCIONES POSIBLES

La nueva redacción de la sección 320.061 señala que una persona que viole de manera consciente las reglas sobre alteración u ocultamiento de matrículas comete un delito menor de segundo grado.

Según los límites generales de penas previstos para esa clasificación en Florida, una condena puede implicar hasta 60 días de cárcel y una multa de hasta $500. Eso no significa que cada situación termine necesariamente con la sanción máxima, pues la consecuencia dependerá de las circunstancias y de la resolución de cada caso.

Posible consecuenciaLímite establecido
ClasificaciónDelito menor de segundo grado
Posible prisiónHasta 60 días
Posible multaHasta $500

La recomendación más segura es no utilizar accesorios que generen dudas sobre la visibilidad de la información oficial. Si el borde llega a cubrir una letra, un dígito o la etiqueta de validación, lo prudente es retirarlo o sustituirlo por un modelo más delgado.

¿A QUIÉNES APLICA LA LEY?

Las disposiciones están formuladas para “una persona”, sin restringir su alcance a residentes de una ciudad, a una categoría de conductor o a una clase particular de automóvil.

En la práctica, las reglas alcanzan a quienes circulen por Florida con vehículos sujetos a estas disposiciones, incluidos los conductores de Miami, Fort Lauderdale, West Palm Beach, Orlando, Tampa, Jacksonville, Naples y otras ciudades.

No existe una excepción general para quienes lleven marcos decorativos. La única salvedad es que el accesorio no oculte la combinación alfanumérica ni la calcomanía de registro o validación.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ VIGENTE?

La fecha clave es el 1 de octubre de 2026. La sección final de la estableció que el paquete legislativo entró en vigor ese día. Por ello, desde la mencionada fecha los conductores deben cumplir las reglas actualizadas sobre el uso de accesorios en las matrículas.

DeSantis aprobó la ley el 21 de abril, pero recién entró en vigor el pasado 1 de octubre (Foto: AFP)
DeSantis aprobó la ley el 21 de abril, pero recién entró en vigor el pasado 1 de octubre (Foto: AFP)

LO MÁS IMPORTANTE PARA CONDUCTORES

  • Puedes conservar un marco decorativo alrededor de la matrícula.
  • El accesorio no puede cubrir el número o la combinación alfanumérica.
  • Tampoco puede ocultar la calcomanía de registro o validación situada en la esquina superior derecha.
  • No debes emplear cubiertas, pinturas, aerosoles, materiales reflectantes o elementos que dificulten la lectura o detección.
  • Los mecanismos diseñados para esconder, girar o interferir con la información oficial están prohibidos.
  • Una violación consciente de la sección 320.061 puede constituir un delito menor de segundo grado.

Para la mayoría de los residentes, esta actualización no implica quitar automáticamente el marco de su automóvil. Lo importante es comprobar que cada carácter y la calcomanía superior estén totalmente visibles, tanto de frente como desde un ángulo lateral. Esa diferencia puede evitar una infracción durante un control de tránsito o al circular por las carreteras de Florida.