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AFP APORTES

Al iniciar su vida laboral dependiente, el trabajador elige aportar a uno de los dos sistemas previsionales existentes en el país (AFP u ONP); y el empleador queda obligado a realizar la retención y el pago de los aportes mensuales.

Los pagos deben ser efectuados hasta el quinto día útil del mes siguiente al que corresponde la retención.

Por ejemplo, los aportes que el empleador descontó del sueldo de sus trabajadores en el mes de mayo deben ser pagados hasta el quinto día del mes de junio.

De acuerdo con cifras de la Asociación de AFP, desde la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y mayo de 2019, han existido más de 126 mil empresas que no han depositado los aportes de sus trabajadores en algún momento determinado, perjudicando directamente a los afiliados.

En esa línea, AFP Integra ha resumido los principales efectos que el incumplimiento de pagos por parte del empleador podría tener sobre el afiliado y su pensión. Revise la ftogalería.

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