Leslie Salas
Las nuevas reglas de juego en el mercado laboral con el trabajo remoto, el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad para contrarrestar la pandemia, la digitalización de operaciones comerciales, entre otras prácticas que han sido necesarias para que las empresas continúen en el mercado, han generado riesgos legales que, de no tenerlos en cuenta, podrían ocasionar sanciones penales, disolución de la empresa y daños en la reputación.
Ante ello, es importante que las organizaciones opten por establecer planes de mejora en sus procesos internos como los programas de prevención de riesgos legales, ya sea por imperativo de la norma o por iniciativa propia, señala Roberto Noriega, abogado penalista del Estudio Linares Abogados.
“Hoy por hoy, las compañías (alta gerencia o equipo de gobernanza) ya están entendiendo que es sumamente valioso gestionar los riesgos propios de cada organización y adelantarse, ya que estos no son los mismos para todas, incluso, ni siquiera si son del mismo sector”, acota.
Pero ¿cómo gestionar los riesgos? Noriega señala que primero hay que enfocarse en los objetivos de la compañía en base a los procesos que mantiene la empresa, solo de esta manera se podrán identificar los riesgos que podrían generar pérdidas o sufrimiento a la compañía.
Destaca que la digitalización, por ejemplo, trae consigo los riesgos de ciberseguridad, ya que las compañías están propensas a ataques a través de los sistemas informáticos. Esto es así debido al gran aumento del teletrabajo, lo que las hace más vulnerables porque algunas organizaciones no estaban acostumbradas a ello y los ciberdelincuentes se aprovechan de estas debilidades.
“Hay firmas que adquieren los denominados ERP (software para optimizar resultados y que brindan mayor seguridad de protección de datos, entre otros) pero otras no pueden hacerlo porque es costoso. En ese sentido, es relevante que vean la posibilidad de prevenir una serie de conductas ilícitas que van a afectar a la empresa”, dice.
Remarca que para prevenir, definitivamente se tienen que gestionar los riesgos y para ello hay que contar con los profesionales idóneos que permitan identificarlos, analizarlos y darles un tratamiento para que se puedan establecer los controles o los candados que eviten que estos se materialicen.
A tener en cuenta
Con el trabajo remoto también cabe la posibilidad de que los colaboradores no puedan realizar sus actividades como corresponde, ya sea porque no tienen las condiciones adecuadas, como una silla, lo cual podría conllevar a un riesgo de enfermedad por una mala postura y a un delito contra la seguridad y salud en el trabajo, comenta.
Indica, además, que en esta nueva normalidad, los riesgos ambientales (en el caso de las mineras, por ejemplo) también han escalado considerablemente dentro de las matrices de riesgos, y esto se ve sobre todo mucho en las empresas mineras.
Destaca que otro punto importante a tener en cuenta es el cumplimiento de la normativa interna y externa que adoptan las personas jurídicas privadas con el fin de garantizar la ética empresarial y prevenir la comisión de actos ilícitos, más conocido como compliance, el cual debiera contar con la persona idónea para que pueda validar con las personas que están en la primera línea de defensa, las cuales se dedican a realizar el trabajo del día a día y se enfrentan a los diferentes riesgos, como puede ser el personal de tecnología de la información, entre otros.
“El compliance abarca una serie de delitos establecidos en la Ley No. 30424, la cual sanciona, incluso, a las empresas, y al responsable de la misma, por permitir que producto de su falta de control, un trabajador realice un acto de corrupción, de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo”, comenta.
Precisa que, si bien no es obligatorio tener compliance, es clave contar con el mismo y también considerar ampliarlo hacia otros campos como asuntos ambientales, laborales y tributarios, ya que todos estos pueden decantar en responsabilidad penal.
Noriega reitera que por ello es clave que los ejecutivos y los empresarios entiendan que es sumamente valioso poder establecer adecuadamente un sistema de prevención de riesgos legales a todo nivel, ya que las amenazas son múltiples, puesto que estas podrían ser integradas –como se ha dado en otros países- en la Ley No. 30424.