Redacción Gestión

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Ante las consultas de los usuarios, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones () informó que cualquier empresa que no cumpla con el derecho de a sus usuarios será sancionada con multas entre 51 y 150 UIT.

Asimismo, reiteró que el derecho al desbloqueo de equipos celulares aplica sin restricciones, para su uso en el territorio nacional y en el extranjero, es decir, para todos los usuarios que adquirieron sus teléfonos móviles a cualquiera de las cuatro empresas que actualmente operan en el Perú.

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En el marco de lo dispuesto en el artículo 23° del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, que entró en vigencia el 2 de enero último, las empresas operadoras están prohibidas de comercializar equipos terminales que tengan alguna restricción de acceso a las redes de otros operadores.

Cabe indicar que el 8 de enero, el Osiptel a través de una carta ha reiterado a todas las empresas operadoras, respecto al estricto cumplimiento a lo dispuesto por el organismo regulador.

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