Los recursos del crédito suplementario no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. (Foto: GEC)
Los recursos del crédito suplementario no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. (Foto: GEC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la incorporación de S/ 493 millones, vía crédito suplementario, a favor del Ministerio de Energía y Minas (Minem) con la finalidad de financiar el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.

Este fondo fue creado en el 2004 para atenuar los efectos de la volatilidad del precio del petróleo y su impacto sobre los combustibles derivados, entre ellos el GLP.

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Se debe tener en cuenta que los cambios en los precios internacionales se reflejan en los nacionales porque se importa buena parte del petróleo. Por ello, se estableció la creación de una banda de precios que limite su variación con un precio máximo y uno mínimo.

Cuando el precio internacional sube por encima del precio máximo, los consumidores pagan el precio máximo y el Estado usa los recursos del fondo para pagar la otra parte y mantener los precios dentro de la banda. Mientras que cuando el precio internacional se encuentra por debajo del precio mínimo el consumidor paga el precio mínimo y la otra parte se acumula en el fondo.

Mediante Decreto Supremo Nº 190-2022-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó la mencionada operación de transferencia en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022.

El titular de los pliegos habilitados en el crédito suplementario, aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.

Los recursos del crédito suplementario no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

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