Puntriano

En estos días las empresas vienen realizando el depósito de las por el ejercicio del 2017.

Las empresas con más de 20 trabajadores están obligadas a repartir un porcentaje de sus a sus trabajadores, el cual va del 5% al 10%, dependiendo de la actividad que desarrolla la compañía (la repartición se realiza en base a la renta anual antes de impuestos).

Pero además de ello, algunas empresas también optan por realizar una distribución adicional de utilidades voluntarias, indicó el abogado laboralista César Puntriano.

Explicó que la distribución adicional puede ser para todos sus trabajadores o solo para un grupo de ellos, según su categoría: gerencias, jefaturas, supervisores, empleados, obreros, etc.

“No tienes necesariamente que pagar el adicional al universo de trabajadores, sino que también puedes hacerlo por grupos seleccionados de manera objetiva. Por ejemplo, una utilidades voluntarias a la plana gerencial, eso es válido, atendiendo a la participación de los gerentes en los buenos resultados de la compañía”, refirió el especialista.

¿No sería esa medida discriminatoria respecto a los demás trabajadores?
“No, pues hay una distinción objetiva entre los tipos de trabajadores. Pero si dices que le pagarás más a los hombres que a las mujeres, allí sí sería discriminatorio”, respondió Puntriano.

¿Los trabajadores sindicalizados pueden recibir un mayor pago?
“No. Un trabajador sindicalizado, por serlo, no recibirá más utilidad que un no sindicalizado”, señaló el abogado.

El beneficio que sí tienen los dirigentes sindicales es que pueden tener ausencias por licencias sindicales y esos días sí se les considerará como efectivamente trabajados, por lo que sí formarán parte del cálculo del pago de las .