La adhesión del Perú al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas (STLT) se hizo a través del Indecopi. (Foto: USI)
La adhesión del Perú al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas (STLT) se hizo a través del Indecopi. (Foto: USI)

La Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del publica el proyecto de Guía de Asociaciones Gremiales y Libre Competencia con el fin de recibir los comentarios de especialistas, asociaciones gremiales y de la ciudadanía en general, hasta el 31 de enero de 2019.

El proyecto, que se encuentra en el siguiente enlace , reconoce que las –incluyendo gremios, federaciones, cámaras, sociedades y colegios profesionales– son actores claves para promover el conocimiento y aplicación de las normas de libre competencia.

Por ello, formula diversas recomendaciones que las asociaciones, sus órganos de dirección o representación y asociados pueden adoptar para reducir el riesgo de incurrir en acciones ilegales; en particular, en coordinaciones, decisiones o recomendaciones para limitar la competencia entre sí o para perjudicar a sus competidores.

El documento reconoce que, conscientemente, o incluso, de manera inadvertida, algunas gremiales podrían estar en capacidad de promover la formación de cárteles y otras formas ilegales de coordinación entre sus asociados.

Por ello, resulta indispensable que, en la convocatoria y desarrollo de sus reuniones, así como en el requerimiento y difusión de información entre asociados, las eliminen todo elemento que permita o facilite coordinaciones ilegales.

Con el mismo objetivo, el proyecto de guía desarrolla recomendaciones para que los órganos de dirección y representación de las asociaciones, al emitir decisiones o recomendaciones, garanticen el respeto a la Ley evitando que disminuya la competencia entre asociados en relación con sus precios, ofertas, cantidades, determinación de clientes y otras condiciones de comercialización.

Finalmente, el proyecto de guía busca evitar los riesgos de exclusión en los competidores mediante requisitos de afiliación o condiciones de expulsión injustificados, así como a través de negativas de acceso a los servicios prestados por las asociaciones.

Estas recomendaciones se encuentran especialmente dirigidas a asociaciones que, por encontrarse particularmente posicionadas en el sector en que desarrollan sus actividades, están en mayor de capacidad de afectar el desempeño competitivo de las empresas y profesionales que participan en estos sectores.

Cabe anotar que la aprobación de una versión definitiva de la guía se encuentra a cargo de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, en ejercicio de la facultad recogida por el artículo 14.2 de la Ley de Libre Competencia, para formular lineamientos que orienten a los agentes del mercado sobre la correcta interpretación de las normas de la presente Ley.

Los interesados en remitir sus comentarios sobre el Proyecto podrán hacerlo en la dirección de correo electrónico st.clc@indecopi.gob.pe o mediante escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia.

Glosario:

Ley de Libre Competencia: Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, aprobada mediante Decreto Legislativo 1034 (2008) y modificada mediante Decretos Legislativos 1205 (2015) y 1396 (2018).

Cárteles: Acuerdos entre agentes competidores sobre precios, cantidades o condiciones de comercialización de sus productos en los mercados en que compiten, incluyendo la competencia en procesos de selección públicos.