El reajuste de las tarifas de electricidad residencial fue de 3.2% a partir del 4 de febrero, señaló el INEI.
El reajuste de las tarifas de electricidad residencial fue de 3.2% a partir del 4 de febrero, señaló el INEI.

"En una economía emergente como la peruana, es indispensable contar con estabilidad jurídica y que se respeten los contratos suscritos tanto por el Estado como entre privados, así como tratar por igual a todos los inversionistas", señaló la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía ().

El Comité Eléctrico del gremio minero energético expresó su extrañeza por la actitud mostrada por el organismo regulador de las Telecomunicaciones () que sin fundamento legal ni técnico, viene emitiendo “mandatos de compartición de infraestructura eléctrica” a favor de la empresa .

“Estas medidas de Osiptel vulneran las normas vigentes y atentan contra el principio de seguridad jurídica y legalidad, pues eliminan, de manera arbitraria, cláusulas que forman parte de los contratos de acceso y uso de infraestructura de energía eléctrica suscritos entre privados”, cuestionó la SNMPE.

El gremio empresarial alertó que el accionar de Osiptel tendría como único objetivo disminuir la contraprestación económica que Azteca Comunicaciones Perú debe asumir por utilizar la infraestructura eléctrica en el país.

“Estamos frente a un acto de arbitrariedad y de preferencia a favor del único operador de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, porque en la práctica significaría modificar las condiciones económicas bajo las cuales fue adjudicado el proyecto de red dorsal a la empresa Azteca”, comentó.

La , manifestó que el rol de un Estado promotor es, buscar la consolidación de las inversiones existentes, como fuente de desarrollo y de generación de empleo; y en ese contexto, también es importante el cumplimiento de los acuerdos suscritos entre privados como una expresión de voluntad y compromiso con el progreso del Perú.